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Covid-19 y Violencia de Género. A cargo de Ana Garnelo.

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       El 25 de noviembre conmemoramos el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer; y lo hacemos en un escenario de enormes dificultades que, una vez más, se han incrementado en el caso de este colectivo.

       Es necesario reflexionar sobre la situación de los más vulnerables y tenerles en cuenta en las medidas que se adopten, aún en los momentos y circunstancias de mayor excepcionalidad. Pero también entender que una previsión normativa es mero papel mojado, si carece de dotación presupuestaria para llevarla a término.

Desde el pasado mes de marzo el mundo ha cambiado de una forma tan intensa que poco o nada queda de lo que era nuestra vida. Hemos aprendido a convivir con expresiones como crisis sanitaria o confinamiento, que todo lo impregnan, pero ¿hemos analizado su verdadera incidencia y, muy especialmente, cómo afectan a las mujeres?.

¿Es posible que las medidas de confinamiento, tendentes a frenar la propagación del virus, hayan tenido un distinto impacto en hombres que en mujeres; consecuencia de la distinta implicación de ambos en las tareas de educación de los hijos y en el trabajo doméstico?.

¿Y la crisis sanitaria?. ¿Han estado las mujeres más expuestas en este ámbito por ser quienes mayoritariamente se encargan de los cuidados?.

La respuesta afirmativa a las preguntas anteriores vendría a agravar una vulnerabilidad que ya existía en el plano económico, consecuencia de un mayor ratio de desempleo, de la brecha salarial y de la precariedad laboral entre otras.

Si concluimos que las mujeres se han visto más afectadas por una situación que a día de hoy se mantiene, no podemos obviar a un colectivo en situación de especial vulnerabilidad: las victimas de violencia de género, mujeres para quienes no hay lugar más peligroso que aquel en el que se vieron obligadas a permanecer durante meses.

¿Podemos afirmar con rotundidad que las medidas tomadas para combatir el impacto de la crisis sanitaria causada por el coronavirus han incidido en la situación de las víctimas de violencia de género, y más concretamente referirnos al confinamiento como medida de agravamiento de la situación de riesgo a que están expuestas de forma constante?. La respuesta la encontramos en la estadística elaborada por el Instituto de la Mujer según la cual, entre el 1 y el 15 de abril de 2020, las llamadas al 016 experimentaron un aumento del 48%, y las consultas online del 733,33% respecto de la primera quincena del mes anterior. Si comparamos el período comprendido entre el 14 de marzo y el 15 de abril de 2020 con el mismo período del año anterior, el incremento es del 31% en el número de llamadas y del 443,5% en el caso de las consultas online.

No se trata de un fenómeno aislado en nuestro país donde, desde el primer momento, la producción normativa tendente a regular la realidad de un momento muy concreto tuvo en cuenta a las mujeres víctimas de violencia de género, y la peculiar situación en la que se las estaba colocando, al considerar que las órdenes de protección y cualquier medida cautelar en materia de violencia de género formaban parte de los servicios esenciales en el ámbito de justicia y, en consecuencia, no se veían afectadas por las medidas tomadas en este ámbito.

En el mismo sentido el Ministerio de Igualdad impulsó un plan de contingencia destinado a prevenir, controlar y minimizar las posibles consecuencias negativas del confinamiento que, entre otras medidas, declaraba como esenciales todos los servicios de asistenciales para las víctimas de violencia de género.

La relevancia de esta cuestión se puso de manifiesto el 1 de abril con la publicación del Real Decreto-ley 12/2020, de medidas urgentes en materia de protección y asistencia a las víctimas de violencia de género, dirigido precisamente a prevenir la violencia de género y a proteger a las mujeres en ese especial contexto creado por las medidas de confinamiento dirigidas a paliar la crisis sanitaria.

Las medidas, dirigidas a las Administraciones competentes en cada caso, tendían a garantizar la disponibilidad de información y asesoramiento jurídico 24 horas así como el normal funcionamiento de los servicios telefónicos de atención y protección a las víctimas de violencia de género. Los servicios de asistencia social continuaban prestándose, pudiendo solicitarse asistencia a través de servicios de mensajería instantánea o de geolocalización a los efectos de comunicar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

       Se garantizaba que las especiales circunstancias concurrentes no afectarían al normal funcionamiento de los sistemas de control telemáticos del cumplimiento de las medidas cautelares y de las penas de prohibición de aproximación. En el mismo sentido se aseguraba el normal funcionamiento de los centros de emergencia de acogida, pisos tutelados y alojamientos seguros para las víctimas de violencia de género.

       Todos estos servicios se declararon esenciales a los efectos previstos en el RD 463/2020 por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

       Además, las Administraciones se comprometían a promover la realización de campañas institucionales de concienciación para prevenir el incremento de casos de violencia de género y para facilitar, por la vía informativa, a las víctimas el acceso a los servicios de asistencia social integral.

       Para paliar las consecuencias económicas de la crisis sanitaria, el Real Decreto ley 20/2020 de 29 de mayo, estableció el ingreso mínimo vital incluyendo la monoparentalidad como factor de vulnerabilidad que determina un incremento en su cuantía y con condiciones especiales de acceso en el caso de las víctimas de violencia de género a las que no se exigirá tener residencia legal y efectiva en España, o haberla tenido de forma ininterrumpida durante al menos un año inmediatamente anterior a la solicitud, ni el requisito de edad de la prestación (de 23 a 65 años) ni el de no estar casadas o ser integrantes de una unidad de convivencia.

Se pretendía de esta forma aliviar la dependencia económica que con frecuencia concurre en estos supuestos, posiblemente agravada en tiempos de profunda crisis como lo son los presentes.

       ¿Podemos sentirnos satisfechos de cómo se ha buscado amparar a las víctimas de violencia de género?. Hemos de felicitarnos del hecho de que hayan sido tenidas en cuenta en los pasos que se han dado en una circunstancia tan excepcional como lo fue, y lo sigue siendo, la crisis creada a consecuencia del coronavirus. El hecho de que exista una conciencia política, y social, de las circunstancias en que se encuentran estas mujeres y que las hacen acreedoras de una especial consideración, a efectos de protección, es fruto de muchos años de trabajo para visibilizar lo invisible.

       Pero no es suficiente. Hoy sabemos que ese punto de partida tan satisfactorio fue a veces una mera declaración de voluntad, que no fue acompañada de dotación de recursos que permitieran hacerla realidad. Y debemos continuar exigiendo que esto no suceda, hasta que legislar por ellas deje de ser necesario.

Ana Garnelo

26 de noviembre de 2020



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Licenciada en derecho ejerciente, perteneciente al Ilustre Colegio de Abogados de León. Mediadora

Defensora de la función social de la abogacía y del turno de oficio como máxima expresión de la misma.

Miembro por tanto de la Comisión de Turno de Oficio de la Delegación de Ponferrada del Ilustre Colegio de Abogados de León y letrada adscrita al turno de oficio.

Comprometida con la necesidad de facilitar el acceso a la profesión a quienes se incorporan a la misma desde la presidencia de la Agrupación de Abogados Jóvenes de León.

Convencida de que la justicia atraviesa un momento complicado, con amenazas frente a las cuales no podemos ser indiferentes quienes hemos hecho de su defensa uno de los frentes fundamentales de nuestras vidas. Activista por tanto en redes sociales.

Experta en gestión de redes sociales. Ponente en el I y II Encuentro de Community Management en el Sector Legal, organizados por el Instituto de Innovación Legal, y coautora de los ebooks “Redes sociales en el sector legal” y “II Encuentro de CM legal”, editados ambos por Lefebvre-El Derecho.

Twitter: @AnnieGarnelo

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