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Unidad de mediación intrajudicial, una realidad en Baleares. A cargo de Catalina Llull Riera y Gloria Pazos Mora

Hoy hemos compartido con Catalina Llull Riera el amor por la mediación.

Ella es Licenciada en Derecho y mediadora, forma parte del bolsín de mediadores de familia del Govern Balear y de mediadores civiles de la IMIB y es coordinadora del Servicio de Mediación intrajudicial de Manacor.

Nos presenta hoy de la mano de Gloria Pazos, abogada y mediadora, en la sección de mediación del portal jurídico A definitivas, la mediación intrajudicial en los juzgados de nuestra CCAA.

El objetivo básico del Servicio de Mediación intrajudicial es que la información sobre mediación a la que tienen derecho los ciudadanos, llegue efectivamente a ellos, incluso cuando se ha iniciado un procedimiento judicial.

El Servicio de Mediación intrajudicial funciona desde septiembre pasado en los juzgados de Instancia de Manacor y está a punto de iniciarse el proyecto en los juzgados de primera instancia del partido judicial de Inca.

-En qué consiste la mediación intrajudicial. Proyecto balear de mediación intrajudicial.

Como su propio nombre indica, la mediación intrajudicial es la mediación que se inicia cuando las partes ya están inmersas en un procedimiento judicial, por tanto, es desde esa instancia, la judicial, desde la que se deriva a mediación.

En Baleares, se han intentado diferentes iniciativas al respecto, pero no ha sido hasta el septiembre pasado, cuando finalmente ha comenzado de hecho un servicio de mediación intrajudicial civil y mercantil en los juzgados de primera instancia de Manacor (Mallorca).

En este proyecto, desde la instancia judicial se deriva a una sesión informativa gratuita que se realiza en sede judicial para que las partes, ahora sí debidamente informadas sobre en qué consiste la mediación, puedan voluntariamente decidir acceder o no a ella.

De esta manera, se da la información al ciudadano de esta vía de solucionar su conflicto, para que si lo desea pueda voluntariamente acceder a ella.

-¿Cuál es el objetivo principal de este Servicio de mediación?

El objetivo básico del proyecto es que la información sobre mediación llegue de forma fácil, cualificada y gratuita al ciudadano que se ve inmerso en un procedimiento judicial y, por tanto, en un conflicto.

Tengamos en cuenta que la mediación es voluntaria y que si no se tiene información adecuada sobre qué es la mediación, como se desarrolla y en que consiste, esa voluntad de acceder o no a ella está viciada.

Muchos ciudadanos están confusos acerca de qué es la mediación, su potencial y sus consecuencias, también las jurídicas, además no conocen si esta manera de gestionar los conflictos puede ser o no adecuada a lo que ellos están viviendo.

Por ello, este Servicio ofrece cobertura y da solución a esta situación. Favoreciendo la información y el conocimiento de la mediación.

– El derecho a la tutela judicial efectiva debe prevalecer en el proceso judicial y debe incluir el derecho de los ciudadanos a conocer esta vía de resolución de conflictos.

Sería absurdo pensar lo contrario. Tenemos más de treinta artículos en nuestras leyes civiles que asocian consecuencias jurídico-procesales a la mediación, el Consejo General del Poder Judicial ha articulado protocolos para que los tribunales puedan realizar las derivaciones a mediación en cualquier momento procesal y en cualquiera instancia. Existen numerosas directrices europeas que instan a los Estados miembros a que tomen el camino de los métodos adecuados de resolución de conflictos (ADR o MARC/MASC) y en nuestro ordenamiento jurídico tenemos la Ley 5/2012 de mediación en asuntos civiles y mercantiles.

Por ello, el derecho a la tutela judicial efectiva que debe prevalecer en el proceso judicial, debe incluir el derecho de los ciudadanos a conocer esta vía de resolución de conflictos, y se garantiza con la derivación a esta primera sesión informativa en sede judicial.

– Profesionales y organización del servicio de mediación.

En la actualidad somos veintidós profesionales de diversas disciplinas de base (abogados, psicólogos, economistas…) formados en mediación civil y mercantil.

Es importante para el Servicio la multidisciplinariedad de las listas y la interdisciplinaridad del equipo mediador que actúa. Operamos siempre en comediaciones, lo que por una parte garantiza un mejor servicio tanto en la sesión informativa presencial (SIP), como en la propia mediación y por otro lado tiene la finalidad de que los mediadores con más experiencia práctica tutoricen de alguna manera a los compañeros menos expertos sin que ello afecte a la calidad del Servicio. Así mismo esto supone que los Jueces y Letrados de la Administración de Justicia tengan más confianza en el Servicio a la hora de derivar, cuestión que es básica para nosotros.

MEDIADORES DEL PROYECTO DE MEDIACION INTRAJUICIAL DE MANACOR EN UNA DE SUS REUNIONES

– Principios del servicio de mediación intrajudicial.

La verdad es que al tratarse de mediaciones intrajudiciales, las partes suelen encontrarse muy enfrascadas en sus posiciones y por una parte el perfil del mediador es distinto al que interviene en otras fases del conflicto no tan punteras en que la comunicación no está rota del todo.

Por otra parte, los principios son los comunes y básicos de la mediación; voluntariedad informada, confidencialidad, buena fe de las partes, imparcialidad y neutralidad del mediador, flexibilidad.

Las habilidades de los profesionales y los principios de la mediación se recogen en el código de buenas prácticas de la mediación y del mediador del Servicio.

– Cómo se ha conseguido que se ponga en marcha este Servicio Intrajudicial en Manacor.

Ha sido un periplo de más de un año en el que el proyecto inicial ha ido sufriendo modificaciones y se ha ido adaptando a las necesidades y recursos que disponemos en nuestra comunidad autónoma, que no tiene competencias en justicia y concretamente en los Juzgados de Manacor, ciudad de residencia de la coordinadora Catalina Llull, quien conoce desde hace más de 25 años de buen mano su funcionamiento, por su ejercicio como procuradora en dicho partido judicial.

Esta adaptación ha sido posible gracias a la implicación de la Juez Decana Doña Ana Salmerón y a la colaboración de muchos funcionarios con los que Catalina se ha sentado a conversar y los que han ayudado mucho a la hora de crear un sistema, sencillo, práctico y eficaz de derivación para los jueces y letrados de la administración de justicia.

Al mismo tiempo, el sistema burocrático de derivación se ha efectuado de tal forma que para los funcionarios no suponga una nueva carga significativa de trabajo. Y no podía ser de otra manera con las indicaciones del Consejo General del Poder Judicial.

 Este proyecto se inició y el Servicio sigue actuando teniendo en cuenta los principios de la cultura de la Mediación, diálogo, inclusión, escucha, colaboración…No entendemos otro modo de actuar y no sería coherente que un Servicio destinado a promover la mediación actuara de otro modo.

Tal vez por esa razón o precisamente por esa, haya tenido buena acogida tanto por las instituciones como por los profesionales.

– Próxima puesta en marcha del Servicio de mediación intrajudicial en Inca.

Se dará un paso hacia la consolidación de la mediación Intrajudicial en Baleares con la expansión del servicio intrajudicial de mediación en el partido judicial de Inca. Algo que creemos es el camino correcto.

Los partidos judiciales de Manacor e Inca son más pequeños que el partido judicial de Palma, pero tenemos una conflictividad muy elevada en proporción a los recursos de que disponemos en Inca y Manacor.

Por ello, a la coordinadora del servicio Catalina Llull le pareció fundamental empezar por estos dos partidos judiciales más necesitados de atención en todos los ámbitos.

Por otra parte, queda mucho camino por recorrer, las ventajas de resolver los conflictos con métodos adecuados (ADR) puede aplicarse a todos los ámbitos de nuestras vidas, tenemos un importante trabajo a realizar los ayuntamientos, los jueces de paz, las escuelas, etc.  Tenemos la responsabilidad de expandir esta manera de hacer, mediando, de una forma pacificadora y preventiva de conflictos.

– Acogida del Servicio entre los operadores jurídicos: jueces, letrados de la administración de justicia y abogados.

Las reacciones son diversas y llevamos escaso tiempo, por lo que es un Servicio muy joven. Pensemos además que la provisionalidad de los Jueces y letrados de la administración de justicia es muy elevada especialmente en Manacor, los que se van o acaban de llegar pasan por un tiempo de adaptación. Esto juega en contra de las derivaciones.

Sin embargo, con la práctica y la experiencia se entiende mejor la mediación, qué se puede esperar de ella, las expectativas son más realistas y se acepta que es un Servicio de futuro y también preventivo, que depende de la voluntad de unas partes que están inmersas en un conflicto muy endurecido, que esperan que un tercero, el juez, decida por ellas.

Retomar conversaciones, conseguir que las partes vuelvan a coger las riendas de su realidad es un trabajo muy arduo, pero es nuestro trabajo como mediadoras y nuestro objetivo en este servicio.

En cuanto a los abogados decir que es un placer contar con ellos y que normalmente se implican y se informan, puesto que el protocolo de actuación del Servicio los incluye y los tiene presentes desde el primer momento. Ellos son los que dirigen el procedimiento y los que han establecido la relación de confianza con los clientes y por ello es fundamental tenerlos en cuenta. Son ellos los que van a tener que asesorar sobre cuestiones jurídicas a las partes y son ellos los que articularán los acuerdos a los que se lleguen para que sean homologados por el Juez. Los profesionales de la mediación incidimos en el conflicto no en el procedimiento judicial.

– Informar al ciudadano efectivamente y extenderlo al resto de Baleares.

El Servicio de mediación intrajudicial está a disposición de Jueces y letrados de la administración de justicia y de ellos depende inicialmente el derivar a la sesión informativa de mediación.

Nosotros tenemos el ánimo y la disposición de cumplir con nuestra parte de este engranaje. Estamos en ello y creo que poco a poco irá cuajando y el resultado será positivo.

Lo es en el ámbito nacional, de hecho, éramos una de las pocas comunidades autónomas sin Servicios de esta índole y ahora también en Ibiza el Juez de Primera Instancia número cuatro D. Pablo Rodríguez González ha puesto en marcha la posibilidad de acceder a una conciliación, a un perito conjunto único o a una mediación intrajudicial en su juzgado, lo que sin duda es una iniciativa valiente y relevante.

El ciudadano por tanto tiene cada vez más opciones de conocer diferentes maneras de gestionar sus conflictos, lo que es esperanzador.

-Cómo animar a los jueces y letrados de la administración de justicia para que se animen a derivar asuntos a mediación y como animar a los abogados para que deriven a mediación y/o acompañen a sus clientes a informarse sobre mediación.

A los Jueces y letrados de la administración de justicia, entendemos que introducir una cuestión nueva, cuando las circunstancias que viven los juzgados son las que son, supone un esfuerzo inicial; pero ellos saben que la coordinadora del Servicio está a su disposición y que facilita todos los trámites.

Deben tener una mirada amable hacia las nuevas posibilidades de gestión de conflictos, que den una oportunidad al cambio y comprueben desde la experiencia y la información las consecuencias de la mediación.

Por otra parte, los abogados saben que los clientes lo que quieren es que se resuelvan sus asuntos a la mayor rapidez y al menor coste posible, tanto económica como emocionalmente, por lo que un abogado que acompaña a su cliente hacia esa resolución es considerado un buen abogado y se asegura la fidelidad del mismo. Las grandes firmas ya se han dado cuenta de ello, por lo que incorporan a sus despachos mediadores o funcionan con acuerdos con asociaciones o entidades de mediación, dando a sus clientes un asesoramiento sobre la manera más adecuada de resolución de sus conflictos.

Este es el futuro o diremos mejor la realidad que ya está aquí.

Catalina Llull y Gloria Pazos

Mediadoras

23 de marzo de 2020


Gloria Pazos es abogada, colegiada 2.882 del ICAIB, ejerciente desde el año 1995.
En su despacho profesional @abogadagloriapazos se tramitan asuntos civiles, centrándose en derecho inmobiliario y derecho familiar, siendo miembro de la Asociación Española de abogados de Familia.
Empezó a interesarse por la mediación tras efectuar un proyecto europeo sobre mediación social en el año 2004, y desde entonces no ha abandonado la vía alternativa de resolver conflictos, ofreciendo a sus clientes alternativas a la vía judicial.
Ha efectuando curso de especialización en mediación civil y mercantil en la UNED y numerosas jornadas y seminarios sobre mediación civil, familiar, de menores, concursal y penal.
Actualmente es mediadora ejerciente, inscrita en la IMIB, institución de mediación de las Illes Balears @imibalears

Mediadora, y miembro de la IMIB (Institución de mediación de les Illes Balears @imibalears).

@abogadagloriapazos en Instagram y Facebook

@gloriapazosmora en Twitter

1 comentario en “Unidad de mediación intrajudicial, una realidad en Baleares. A cargo de Catalina Llull Riera y Gloria Pazos Mora”

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