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Despidos

5 razones para acudir a un abogado especialista en despidos

AD 101/2019

5 RAZONES PARA ACUDIR A UN ABOGADO ESPECIALISTA EN DESPIDOS

RESUMEN:

Cuando un trabajador es despedido y no está de acuerdo con la decisión que ha tomado de manera unilateral la empresa debe decidir, en muy poco tiempo, si inicia un procedimiento de reclamación. En el caso de que esté dispuesto a dar este paso, aquí os explicamos en cinco razones por qué es importante elegir a un abogado especialista en despidos para que nos ofrezca un asesoramiento jurídico de calidad, basado en el rigor técnico y la empatía que se requiere ante esta desagradable situación.

PALABRAS CLAVE:

despidos, despido disciplinario, despido objetivo, despido nulo, abogado, especialista en despidos, laboralista, carta de despido, indemnización, reclamación, demanda, conciliación, mediación, cesión ilegal, trabajador, empresario, juzgado de lo social.

“Estás despedido” es una de las frases más temidas por los trabajadores. A partir de ese momento, no sabemos qué hacer ni a dónde acudir: estamos desorientados y nos sentimos desamparados y perdidos. Una vez superadas las primeras horas comienza la aceptación y, con ella, la búsqueda de soluciones.

Normalmente, en este tipo de situaciones solemos acudir a un buscador en internet que nos ofrece miles de páginas sobre las que no tenemos ninguna referencia. La elección suele ser complicada y, en ocasiones, está basada en criterios poco rigurosos o subjetivos.

Por este motivo, en Civic Abogados te explicamos brevemente por qué es importante acudir a un abogado especialista en despidos:

1. FECHA Y CAUSA DEL DESPIDO:

En el momento en que la empresa inicia el procedimiento de extinción del contrato de trabajo (esto es, el despido) es necesario que preavise al empleado. Esta comunicación suele producirse de forma escrita (a través de una carta de despido). Una vez recibida la comunicación hay que tener en cuenta dos datos: la fecha de comunicación de esta extinción y la fecha de efectos del despido. Así podremos determinar el plazo con el que contamos si no estamos de acuerdo con el empresario y queremos presentar una reclamación.

Del mismo modo, atenderemos a la causa del despido: disciplinaria (ej. impuntualidad) u objetiva (ej. nueva organización en la empresa), que será determinante para emprender las acciones legales que el trabajador considere oportunas.

2. LA ANTIGÜEDAD LABORAL:

Dependiendo de los motivos que hayan provocado la extinción de la relación laboral, puedes tener derecho a una indemnización. En ese caso, para poder calcular el importe que te pertenece al terminar la relación laboral es fundamental conocer el motivo de la extinción del contrato, el tipo de contrato, tu antigüedad en la empresa y el salario bruto anual. Recordemos que, a partir de la reforma laboral del año 2012, la indemnización por despido sale más barata.

  • En caso de que el despido sea declarado improcedente, si empezaste a trabajar en la empresa antes del 12 de febrero del año 2012, te corresponderá una indemnización de 45 días por año trabajado. Mientras que, a partir del 12 de febrero del año 2012, la compensación es de 33 días por año trabajado.
  • Cuando se trate de un ERE o de un despido objetivo, la indemnización será de 20 días por año trabajado.
  • Para los contratos temporales firmados a partir del 1 de enero de 2015, la indemnización por despido será de 12 días por año trabajado.

3. ESTAR EN PLAZO PARA RECLAMAR:

Antes de iniciar un proceso de reclamación tenemos que asegurarnos de que cumplimos los plazos legales para reclamar. Sin contar los sábados, ni los domingos, ni tampoco los días festivos de ámbito nacional, autonómico y local, disponemos únicamente de 20 días hábiles de plazo. Pasado este tiempo, la acción caduca y no podremos hacer nada. Por tanto, si vas a iniciar un proceso de reclamación te recomendamos que busques un abogado laboralista, puesto que es el especialista que mejor sabrá orientarte en este asunto y estará pendiente de las fechas señaladas para cada paso que tengamos que dar.

4. SABER A QUÉ EMPRESAS HAY QUE DEMANDAR Y POR QUÉ MOTIVO:

A continuación, debemos de tener claro quién es el empleador al que queremos demandar; ya que puede ser una persona física, una sociedad mercantil, una asociación o, incluso, una comunidad de propietarios. La manera de saber quién es nuestro empleador es mirando las nóminas o el contrato de trabajo, aunque este puede haber variado durante la relación laboral. Tendremos que comprobar si la persona jurídica que aparece como empleador en el contrato es la misma que ejerce de empresario o si existe otro empleador. A veces, ocurre que el trabajador realiza funciones para otra empresa dentro de un grupo empresarial o bien cumple tareas y órdenes para un empleador que no aparece en la nómina, por lo que estaríamos ante un caso de cesión ilegal del trabajador.

Si estamos trabajando para un grupo empresarial y el despido se produce por causas objetivas, los motivos del despido deberán de venir expuestos y acreditados para todas las empresas.

En el caso de cesión ilegal, habría que demandar a las dos empresas implicadas: a la que nos da las órdenes y organiza nuestro trabajo, y a la que realmente nos tiene contratados. Solamente las Empresas de Trabajo Temporal (ETT) pueden ceder legalmente a los trabajadores.

La importancia de contar con un buen asesoramiento jurídico en materia laboral es vital para entrar a valorar el fondo de los hechos indicados en la carta de despido. Hay que verificar si son ciertos y de suficiente entidad; así como comprobar las obligaciones que establece el convenio colectivo a hora de realizar el despido. En ocasiones, un defecto de forma o incumplimiento de los trámites formales sobre el despido exigidos en el convenio puede dar lugar a la improcedencia del despido (por ejemplo, cuando un trabajador es despedido por causas disciplinarias tiene derecho a presentar alegaciones en el plazo de 5 días naturales y no se respeta este derecho).

5. PROCEDIMIENTO DE RECLAMACIÓN:

por último, el procedimiento de reclamación del despido consta de varias fases. El primer paso es presentar la “papeleta de conciliación” en el SMAC. Esta acción es obligatoria y pretende conseguir un acuerdo entre las partes. Para que se produzca ese arreglo, hay que acudir al “acto de conciliación”. Conviene ir bien asesorados o acompañados de un abogado especialista en despidos; puesto que en ese encuentro se puede producir un acuerdo o, si no lo hay, habrá que presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social.

Si, finalmente, nos vemos en la obligación de acudir a los tribunales, la presencia de un letrado experimentado resulta extremadamente necesaria en este procedimiento. Recordemos que los plazos, una vez celebrado el acto de conciliación, siguen corriendo en nuestra contra y, si ya consumimos parte de los días de los que disponemos para realizar estos trámites, solo nos queda el tiempo restante para presentar la petición ante el juzgado que nos hayan asignado.

Cuando el tribunal marque la fecha de celebración del juicio, momentos antes de su celebración, se podrá hacer un último intento de llegar a un acuerdo; pero, en caso de que no sea así, se celebrará y habrá que esperar a la resolución judicial.

Si no estamos conformes con la Sentencia, dispondremos de un plazo de 5 días para presentar un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia.

Como hemos podido comprobar, ante un procedimiento de despido lo mejor es contratar a un abogado especialista en Derecho del Trabajo; puesto que, en Civic Abogados pensamos que dicho profesional, además de conocer la materia y estar informado de los cambios en la normativa y los pronunciamientos judiciales que sientan jurisprudencia, posee las habilidades del buen negociador y las capacidades del buen litigador para defender los intereses de sus clientes. Asimismo, mantiene un buen clima de comunicación con sus representados y aporta la confianza necesaria para saber que estamos en buenas manos.

Laura Palma Carpio

18 de noviembre de 2019


BREVE RESEÑA CURRICULAR

Laura Palma Carpio es socia fundadora del despacho Civic Abogados. Colegiada en el ICAM con nº 71252.

Licenciada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Posee el Diploma de Estudios Avanzados que otorga el Departamento de Derecho Público y Filosofía Jurídica de la Universidad Autónoma de Madrid.

Abogada senior especializada en Derecho del Trabajo está dedicada a tareas de dirección, asesoramiento jurídico y ejercicio activo en materia contenciosa tanto a trabajadores como directivos. Tiene amplia experiencia procesal en todos los ámbitos de la jurisdicción social y negociadora.

Ha trabajado en distintos despachos y, durante diez años, ha sido letrada del Turno de Oficio en Social, Contencioso – Administrativo y Violencia de Género, recibiendo la Medalla de Honor del Turno de Oficio en el año 2014.

También ha ejercido como abogada del Servicio de Orientación Jurídica en materia Social y es miembro del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid desde el año 2002.

Entre los cursos de especialización que ha realizado en los últimos años destacamos:

  • El régimen legal del alto directivo. Aspectos laborales, mercantiles y fiscales (ICAM, 2019).
  • Compliance Laboral (ICAM, 2018).
  • La implantación del RGPDUE (ICAM, 2018).

Habla inglés e italiano. Además, es colaboradora habitual de la revista digital Lawstyle donde ha publicado pequeños artículos como:

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1 comentario en “5 razones para acudir a un abogado especialista en despidos”

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