El autor, desde su propia experiencia, da unas pinceladas sobre la realidad del Bullying o acoso escolar y sobre los preceptos legales que le pueden ser de aplicación.
Keywords: Bullying, Acoso, Derecho, Penal, Derechos Fundamentales, Educación, Delito, LOE, Social.
Si comparáramos la personalidad humana con el acero, la infancia y la adolescencia serían las etapas donde el acero está caliente. El acero, si se calienta lo suficiente, se puede moldear con relativa facilidad.
Y es -precisamente- en la etapa adolescente donde la mayoría de los rasgos de la personalidad adulta van a moldearse. Por supuesto, esto es simplificando mucho: durante la infancia y con posterioridad a la adolescencia también se moldean facetas del carácter, que cambia durante toda la vida. Pero, quizá por su rapidez o por la inversión de los referentes, es en la etapa que va desde los 12 a los 18 años cuando muchos de los rasgos de personalidad quedarán moldeados. Cualquier problema social que se sufra dentro de esa horquilla de tiempo es susceptible de dejar marcas para toda la vida.
A mí me hicieron Bullying. Durante 4 años seguidos para ser concisos, de los 12 a los 16. Es muy curioso como ocurren estas cosas, como suceden. En mi caso, el golpe fue doble. Empiezas Primero de la ESO un poco asustado, como todos, pero te reconforta ver que tienes al lado a todos los amigos de primaria. Los primeros días todo va bien, por la novedad de las clases y los profesores, claro. Entonces, algún chico nuevo de la clase empieza a meterse ligeramente contigo. Por le motivo que sea, toleras la agresión y, al igual que ocurre en algunas manadas de animales salvajes, quedas marcado como el débil, y pasas automáticamente a la parte inferior de la despiadada cadena trófica de la que vergonzosamente constan casi todos los centros educativos. La sentencia está dictada, solo falta que se ejecute y lo hace, ya lo creo que lo hace…
Al principio los nuevos, y luego alguno al que considerabas tu amigo, el número de depredadores va creciendo. Pero intentas hacer tu día a día, todavía tienes a la mayoría de amigos de toda la vida…y viene el segundo golpe. Alguna de tus reacciones frente a las agresiones pasa a ser considerada como “ridícula” o “propia de un loco” y los amigos de toda la vida ya no se acercan a hablar contigo. Quedas marginado. Las chicas también participan, claro. Hacer el vacío es una forma tan válida de hacer daño como puede serlo un buen puñetazo, máxime cuando lo único que quieres es sentirte incluido.
Y ya está, así pasarás 4 años de tu vida. Durante 9 meses, 5 días a la semana en un entorno radicalmente hostil. Es impensable, es una barbarie, pero es real.
Y, ¿dónde están los profesores? ¿Dónde está el centro educativo? En ninguna parte, en mi caso. Lo máximo que hicieron los profesores fue sentarnos -a los agresores y a mí- en una mesa para que “nos reconciliáramos”. Claro, en el mundo de la piruleta todo es posible, hablando se arreglan las cosas. Las agresiones de toda clase no solo persistieron, se refinaron.
Como claro ejemplo de hasta donde puede llegar la maldad -o la inconsciencia- humana a estas edades, recuerdo nítidamente uno de los sucesos: Yo, no se ni cómo, me había echado una novia que iba a clase a otro colegio. Hablábamos por el móvil vía SMS. Uno de los “elementos conflictivos” llamado Miquel -el único nombre que voy a dar- me robó el móvil (en una clara demostración de lo que comporta el artículo 242.1 del Código Penal) y, acto seguido, mientras los demás me sujetaban, escribió un SMS a esta chica diciendo, literalmente: «PUTA T DEJO». Absolutamente toda la clase estalló en carcajadas. Ella lloró durante 4 horas. Todo esto quedó injustamente impune.
Y, ya que he citado el Código Penal, ¿Qué dice la Ley de todo esto? Pues bien, lo primero que debemos saber es que la regulación al respecto se fundamenta, nada más y nada menos que en la Convención de Derechos del Niño (CDN) -tratado internacional de las naciones unidas- y en el Artículo 10.1 de la Constitución Española, sobre Derechos Fundamentales. Eso es así dado que, en particular, pueden verse conculcados por el acoso escolar: la dignidad de la persona, como presupuesto básico de tales derechos, pero, también, su libertad personal, su integridad física y moral, su intimidad, su honor y otros valores constitucionalmente protegidos. Hablando en plata, no es moco de pavo.
Estos valores serán también los que informarán la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo, de Educación -a la que tantos parches se han puesto-. Así, dicha ley, en su artículo 1, dice:
Artículo 1 Principios
El sistema educativo español, configurado de acuerdo con los valores de la Constitución y asentado en el respeto a los derechos y libertades reconocidos en ella, se inspira en los siguientes principios:
[…].
Posteriormente se lleva a cabo una exhaustiva enumeración de todo un corolario de preceptos generales que muchas veces dejan de cumplirse en la práctica. Y en gran medida, esta falta de cumplimiento se debe a la nefasta actuación del personal adscrito al centro educativo.
Ya la citada Ley y, por consiguiente, su reciente modificación que entra en vigor a partir del 21 de enero de 2021, contempla que los centros deben incluir en su proyecto educativo un Plan de Convivencia, junto con las normas internas que garanticen su cumplimiento. Este plan encuentra su marco regulatorio en la normativa autonómica.
Con todo, al parecer, la Ley llega a todos los rincones de España salvo a los vestuarios del instituto. La larga lista de artículos del Código Penal aplicables en casos de Bullying -Lesiones (arts. 147 y ss CP), Amenazas (arts. 169 a 171 CP), Coacciones (art. 172 CP), Injurias (art. 205 y 207 CP), Calumnias (art. 208 y 210 CP), Acoso (art. 172. Ter CP) …- parece no ser suficiente para que los centros tomen medidas REALES en contra del acoso escolar. Porque al final se trata de eso en esencia: el profesorado es garante, entre muchas otras cosas, de los derechos fundamentales de los alumnos mientras estos se hallan en el centro y en ningún caso estará excusado de vigilar su cumplimiento. Parece mentira que una persona goce de más protección efectiva en la cárcel que en el colegio, no obstante, así sucede en algunos casos.
Las víctimas de Bullying suelen callar. Recuerdo que me daba vergüenza hablar de lo que sucedía. Era un ser humano en formación sin capacidad para reaccionar ante las cientos y cientos de violaciones de Derechos Fundamentales que sufría.
Por supuesto, están las míticas vías de actuación: la denuncia y la querella, que raras veces son utilizadas en estos casos. Pero, a mi juicio, esto es una solución. De poco o nada le sirve al niño que se ponga una querella y, eventualmente, se castigue penalmente al agresor. Las conductas de acoso pueden persistir hasta su resolución. Los protocolos internos de los centros suelen prever el cambio de centro de las personas acosadas, las cuales se ven arrancadas de su entorno y forzadas a aterrizar en un nuevo ambiente estando totalmente traumatizadas y en muchas ocasiones sin contar con habilidades sociales. Una mala base para conocer a gente nueva. Mientras, los agresores continúan en su colegio, dueños y señores del feudo, en su zona de confort, en la cima de la cadena trófica. Pronto elegirán a otra víctima, claro. El acosado solo desea sentirse parte del grupo, encajar un poco, tener una vida normal. Por norma general, rechazará todos los cambios que puedan venir, aunque sean objetivamente a mejor. Más vale malo conocido que bueno por conocer.
Y al acabar el ciclo formativo, ¿Qué habremos aprendido? Pues diversos estudios indican que el Bullying afecta a la parte física y psicológica de aquellos que lo padecen. Se ha detectado que muchas víctimas muestran baja autoestima, altos índices de depresión, ansiedad, sentimiento de soledad, ideas de suicidio y absentismo escolar. Los daños psicológicos del acoso sufrido en la escuela a lo largo de muchos años pueden seguir presentes en la vida adulta del afectado (Ybarra y Michell, 2004). En mi caso, un estado de tensión constante, hipervigilancia y un recelo absoluto hacia todo lo que me es desconocido.
Y ya está. Es la mala suerte de quien ha sido designado para ser víctima en un entorno en el que nadie hace nada. Los que debían actuar no lo hicieron -supongo que en muchos casos sí que se actúa, pero en muchos otros, no- y derivan el problema bajo esas dos premisas tan duras por su simplicidad: “No tienes que escucharles” o, “que te entre por una oreja y te salga por la otra”. Es lo mismo si fuéramos a la policía a denunciar una agresión y nos dijeran: Señora, no debe usted sentir los golpes, no le haga caso, ya parará. Terrorífico, ¿cierto? Sucede cada día en miles de colegios.
Nicolau Vidal Cubí, miembro de Ramis Abogados y del equipo de A Definitivas.