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Las salidas profesionales al Grado de Derecho. Exposición de la profesión de registrador de la propiedad, a cargo de Antonio Coll Orvay

AD 38/2018

ABSTRACT:

En el presente artículo se explica qué es el registrador de la propiedad, cuál es la naturaleza jurídica de su cargo y qué funciones tiene. Además, se explica brevemente cómo es la oposición para acceder  al cargo y cómo, una vez, aprobadas las oposiciones pasas a formar parte del cuerpo de aspirantes a registradores de la propiedad y mercantiles de España.

PALABRAS CLAVE:

  • Las salidas profesionales al Grado de Derecho
  • Salidas profesionales
  • Registrador de la propiedad
  • Función del registrador de la propiedad
  • Oposición

Buenas tardes queridos lectores de A definitivas:

   ¿Qué es el registrador de la propiedad? O quizás mejor dicho, qué es el registro de la propiedad, para posteriormente explicar lo que es el registrador. Podemos decir que el registro de la propiedad es un artificio de publicidad inmobiliaria, que protege el principio de la seguridad del tráfico, incluso en detrimento del principio de la seguridad del derecho. Es por tanto un artificio de publicidad que tiene por objeto el dominio sobre los bienes inmuebles y los derechos reales constituidos sobre la propiedad inmobiliaria.

   Esa publicidad no es una publicidad meramente noticia, como algo que se lee en los periódicos sin más trascendencia para uno mismo, sino que es una publicidad vinculante, afecta a quien entra en contacto, a través de una relación contractual con la finca inscrita, en un doble sentido:

-No puede desconocer las cargas y titularidades inscritas.

-No le pueden perjudicar las cargas no inscritas.

   Al frente del registro, está el registrador de la propiedad, profesional del derecho que ha superado la oposición al cuerpo de registradores de la propiedad y que ha tomado posesión del registro.

   ¿Qué es un registrador de la propiedad, cuál es la naturaleza jurídica de su cargo, y qué funciones tiene?

   Es en primer lugar, un profesional del derecho que ingresa por oposición al cuerpo de registradores y está al frente de un registro de la propiedad.

   En cuanto a la naturaleza jurídica del cargo, por una parte es un profesional liberal, por lo que asume como propias las relaciones laborales del personal que tiene contratado y cumple con las obligaciones fiscales inherentes a toda profesional liberal.

   Pero no sólo es una profesional liberal, además es parte de la estructura judicial, ejerce funciones de jurisdicción voluntaria, es funcionario por cuanto ingresa por oposición, está adscrito al Ministerio de Justicia y bajo el régimen disciplinario de la DGRyN. Manifestación del carácter de funcionario, lo es la posible asignación por parte de las CCAA de la gestión y liquidación de los impuestos de sucesiones y donaciones, de transmisiones patrimoniales y AJD, a través de las denominadas oficinas liquidadoras de distrito hipotecario en poblaciones que no sean capitales de provincia.

   Además el registrador de la propiedad es también registrador mercantil, en función del tipo de registro que asume.

   ¿ …. y cuál es su función…? La inscripción de un derecho en el registro de la propiedad produce unos muy importantes efectos protectores en la seguridad del tráfico, garantizando el mantenimiento en la adquisición y que no podrán afectar al adquirentes las cargas no inscritas. Estos importantes efectos protectores frente a terceros, de la relación jurídica determinante del concepto de tercero hipotecario, exigen un control riguroso de ese acto o contrato que pretende tener acceso al registro, que consiste en valorar -si cumple con todos los requisitos exigidos por el derecho hipotecario, y -con todos los requisitos exigidos por la legislación sectorial aplicable a ese acto o contrato. A ese control sustantivo y formal se le denomina CALIFICACIÓN REGISTRAL, en cuya virtud un contrato que como tal, sólo tiene eficacia ínter partes, pasa a ser oponible a terceros. La calificación registral es la función más importante de los registradores.

   Como les decía se ingresa por oposición, cuando acaba una, se convoca la otra, por lo tanto hay una cada poco más de un año, suelen sacarse 50 plazas, hay cuatro exámenes, los dos primeros orales, y los dos últimos son ejercicios prácticos. Un total de unos 372 temas, más o menos, el primer ejercicio, es de derecho civil, mercantil y procesal, el segundo de derecho hipotecario, fiscal y notarial, el tercero es calificar un documento, y el cuarto liquidar un impuesto.

  Aprobadas las oposiciones pasas a formar parte del cuerpo de aspirantes a registradores de la propiedad y mercantiles de España y al tomar posesión de un registro, ya eres registrador de la propiedad.

   Para finalizar, permítanme decirles, que si ustedes me preguntaran lo que más valoro de mi profesión, les diría que la independencia y libertad de que goza el registrador, en el desempeño de su labor. Gracias por su atención.

 



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  • Autor: Antonio Coll Orvay
  • Cargo profesional y formación específica: Profesor asociado de Inmobiliario Registral y Registrador de la Propiedad nº 8 de Palma. 

 

 



Palma, 14 de junio de 2018

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