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Hagamos el agosto. A cargo de Ana Garnelo Fernández – Trigales

AD 71/2019

 

ABSTRACT: ¿Cuál es la situación actual de nuestra profesión?. ¿Nos representa la imagen que de nosotros percibe la sociedad?. Vivimos tiempos difíciles como profesionales y, en circunstancias adversas, conviene pararse a reflexionar sobre el estado actual de las cosas y sobre cómo hemos llegado hasta aquí para, a partir de ese diagnóstico, buscar soluciones y ese algo tan elemental a lo que todos aspiramos: el ejercicio digno de la abogacía.

PALABRAS CLAVE: abogacía, agosto, vacaciones, retribución, descanso, fatiga física, fatiga psíquica, conciliación, vida personal, vida familiar, vida laboral, registro de jornada, plazos, días hábiles, días inhábiles, Instituto de Salud Mental de la Abogacía.

HAGAMOS EL AGOSTO:

Años y años de series americanas han conseguido instalar en la sociedad una imagen de la abogacía que poco o nada tiene que ver con la realidad que vivimos quienes la ejercemos en España. Es difícil reconocerse, en el fondo y en las formas, en esos personajes exitosos, adinerados, que toman una copa contemplando las fabulosas vistas que les ofrecen sus despachos y que presentan mociones y reciben los resultados de sus actuaciones en un capítulo de menos de una hora de duración.

Se trata de una temática atractiva, es obvio, y quizás sea este el único punto indiscutible puesto que si la abogacía no fuera apasionante, estimulante y generadora de grandes dosis de placer de vez en cuando, muchos de nosotros habríamos cerrado nuestros despachos para dedicarnos a cualesquiera otros menesteres. Con la sensación, a veces, de que cuanto más apartados del sector legal mejor que mejor.

Esta reflexión se ofrece como obligada en agosto. Ese mes en el que los abogados escuchamos al menos una vez al día la suerte que tenemos por disfrutar todo un mes de vacaciones. ¿Vacaciones?. Resulta que este es un concepto jurídico que sorprendentemente se desconoce por el público en general, el cual sabe de leyes lo bastante como para cuestionar actuaciones judiciales por doquier así como la solvencia profesional de operadores jurídicos a todos los niveles.

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A las vacaciones se refiere el artículo 40.2 de la Constitución Española al decirnos que “los poderes públicos (…) garantizarán el descanso necesario, mediante la limitación de la jornada laboral, y las vacaciones periódicas retribuidas”. Es evidente que la finalidad de este descanso no es otra que la de reponerse de la fatiga física y psíquica inherente al desarrollo de la actividad profesional; como lo es que quienes se mantienen en esa percepción irreal de nuestra profesión jamás comprenderán, ni compartirán, la necesidad de que nos recuperemos de los estragos que cada año judicial nos causa.

¿Realmente produce fatiga física el ejercicio de la abogacía?. Permítanme decirles que las actuaciones judiciales extenúan al más vigoroso profesional, a veces de pura inactividad. Cansa, y mucho, esperar durante horas en los pasillos para la celebración de una vista, o la toma de una declaración; y cansa, y mucho, reestructurar la agenda profesional y personal para adaptarla a esa cambiante realidad en la que pocas veces se nos tiene en cuenta.

Quiero decir que citados a las 10 de la mañana para la celebración de una audiencia previa con una duración estimada de quince minutos, quizás nos hemos permitido el lujo de citar en el despacho a un cliente a las 11. También es posible que tengamos una cita en la notaría, en el despacho de un compañero, que tengamos que ir al banco a cobrar un mandamiento de pago   –esto es poco improbable pero puede suceder- o que tengamos una consulta médica nuestra o de un ascendiente o descendiente. ¿Es posible que estando citados a una actuación judicial a las 10 de la mañana no lleguemos a recoger a nuestro hijo a las 13 horas en que sale de la guardería?. La respuesta es afirmativa. Y todo lo que en nuestra cabeza se pone en marcha para reubicar la cita con el cliente y la notaría, reorganizar los pagos inminentes que pensábamos atender con el mandamiento de pago que tampoco ese día vamos a cobrar y buscar a quien recoja al niño y le dé de comer es agotador.

Y así todos los días. Con frecuencia no comemos a la hora en que nos gustaría hacerlo y arrastramos estas demoras en el palacio de justicia al trabajo de despacho por la tarde, debiendo recuperar las horas perdidas por la mañana en jornadas que se prolongan hasta que cae la noche y que estamos arrebatando a nuestra vida personal y familiar.

Las actuaciones ante el juzgado de guardia, y la prestación de servicios como letrados adscritos al turno de oficio, nos imponen desempeñar nuestra labor durante el fin de semana y durante los festivos. Por cierto también todos y cada uno de los 31 días del mes de agosto. De forma que ese bucle en el que estamos inmersos, que por una mala planificación de las agendas judiciales casi siempre y en ocasiones por causa imputable a otros operadores o a la falta de medios nos impide planificar nuestra propia actividad con los elementales beneficios que de ello se derivan, puede prolongarse durante una semana entera. Y vaya si cansa.

Diría yo que estas situaciones que describo están bastante generalizadas, así me lo transmiten compañeros que ejercen en distintas plazas a lo largo de todo el territorio nacional. ¿Como es posible, si esto es así, que no hayamos conseguido revertir una realidad que se agrava con el paso del tiempo?. ¿Somos los letrados a título individual los que tenemos que enarbolar la bandera del necesario respeto que como profesionales merecemos, exactamente igual que el resto de operadores jurídicos?.

Fijaos que recientemente se ha implantado el registro de jornada como medida de control de la duración efectiva de la jornada laboral de los trabajadores por cuenta ajena y nosotros, la abogacía, en lugar de celebrar que algunos de los nuestros iban a ver reconocidas esas horas de espera que no son imputables a ninguno de nosotros, nos propusimos elaborar un informe sobre lo que iba a suponer su cumplimiento a los grandes despachos, que no a los que ya superamos con creces la duración que para la jornada se establece legalmente. Así somos nosotros.

¿Realmente produce fatiga psíquica el ejercicio de la abogacía?. Las situaciones descritas en el precedente trascienden el plano físico para entrar de lleno en el mental, pero no son las únicas que nos afectan. La abogacía implica intervenir, casi siempre, con personas que atraviesan situaciones de conflicto o que pretenden anticiparse a las mismas. Los clientes tienden a considerar su asunto de vital importancia, y tienen razón en hacerlo, e inmersos como están en sus vidas diarias suelen recordarlo a horas intempestivas, los fines de semana o cuando casualmente te encuentran por la calle. Y no es infrecuente que se quejen de que no localizan a su abogado.

El letrado es con frecuencia la cara visible de todo el engranaje de la administración de justicia. Si esta no funciona, y con ello no quiero decir que no le dé la razón al justiciable, es a él a quien se le piden explicaciones o a quien, al menos, se le trasladan las quejas. Instrucciones que, sin ser en absoluto complejas, se prolongan durante años; informes psicosociales de los que dependen procedimientos que afectan a menores y que se retrasan durante años por falta de personal; señalamientos a meses vista, como meses tardan en llegar en ocasiones las sentencia en juicios celebrados. ¿Cómo es posible que esto suceda cuando la ley regula escrupulosamente los plazos para cada actuación judicial?. ¿Es posible que esas normas procesales solo vinculen a una de las partes en la ecuación, incrementando a golpe de calendario la fatiga inherente a nuestro trabajo?. ¿En qué momento hemos transigido para que algunos trabajen al ritmo que necesitan, en un ejercicio de comprensión que parece que nadie nos ha agradecido, en lugar de exigir para abogados y procuradores la misma laxitud en la interpretación de la norma?.

Cuentan las películas, pero también quienes tienen una trayectoria profesional dilatada, que hubo un tiempo no demasiado lejano en el que los abogados gozaban de un gran prestigio y una consideración social destacada. Compartían este honor con los médicos, a diario agredidos hoy por pacientes descontentos y si nosotros no hemos llegado a ese punto, sí que hemos sido víctimas de un descrédito que ha afectado a la administración de justicia en general –con la promoción de medios de comunicación y para la consecución de intereses políticos y económicos con frecuencia- y a nosotros en particular.

La forma actual de crear opinión, en la que se ha dado voz y voto a personas que hablan de todo sin saber de nada y se ha elevado a la categoría de expertos a auténticos ignorantes, y ello en cuestiones que son científicas y técnicas y que requieren rigor y conocimiento en su tratamiento, ha puesto encima de la mesa de las tertulias decisiones judiciales, conversaciones captadas a micro abierto en sala entre actuación y actuación, o directamente grabadas por alguno de los profesionales intervinientes y la actuación de profesionales que han sido objeto de duras críticas por el mero hecho de ejercer el derecho de defensa.

Así es como poco a poco, los abogados hemos pasado de ser pilares de la comunidad, llamados a ser los mejor preparados para participar en su organización, a simples caraduras que se aprovechan de las situaciones de infortunio ajenas para lucrarse.

Así es como de septiembre a julio los abogados nos cansamos, recuperando energía cuando un asunto sale realmente bien y cuando logramos lo que con nuestro trabajo siempre perseguimos: justicia. Y ahí es cuando, algunos, deciden cerrar sus despachos y se resignan a no percibir ingreso alguno durante un mes en la certeza de que les compensa. Un elemento más que nos hace ver que de vacaciones, esta situación no tiene nada. Pero, ¿es realmente cierto que los abogados no trabajamos en agosto?.

Si estamos especializados en la rama del derecho administrativo, nos veremos obligados a trabajar durante el mes de agosto y, en defensa de los derechos de nuestros clientes en sus relaciones con la Administración, perderemos el derecho propio al descanso que nos permita recuperarnos de esa fatiga que sin duda, con mayor o menor motivo, hemos acumulado durante el denominado año judicial.

Lo mismo sucede con la jurisdicción social a la vista de las muchas excepciones que configuran el mes de agosto como hábil a los efectos del cómputo de plazos procesales en asuntos de tanta relevancia, y tan frecuentes, como los despidos o la extinción del contrato por incumplimiento del empresario, la modificación sustancial de las condiciones de trabajo o la impugnación de altas médicas entre otras.

En la jurisdicción penal serán hábiles los plazos en fase de instrucción manteniéndose, como es lógico, la práctica diaria de los juzgados de guardia en la que es imprescindible la asistencia letrada en garantía de la observancia de los derechos que asisten a los detenidos; asimismo se celebrarán juicios rápidos y correrá el plazo para interponer recurso frente a las sentencias que pongan fin a los mismos.

Finalmente, y en la jurisdicción civil, serán los juzgados los que determinen cuáles son las actuaciones que, por motivos de urgencia, pueden incoarse y tramitarse durante el mes de agosto.

Así las cosas, resulta que pocos son los letrados que a día de hoy pueden permitirse “hacer el agosto” y muchos los que enlazan años judiciales sin disponer de tiempo para desconectar de la profesión y disfrutar de la familia y los amigos. No es extraño por tanto que el estudio elaborado recientemente por la editorial Lefebvre y el Instituto de Salud Mental de la Abogacía (ISMA) concluya, sobre la base de las encuestas realizadas a más de setecientos compañeros ejercientes en el territorio nacional, que más del 98% de los letrados encuestados considera el estrés como un riesgo elevado o muy elevado de la profesión; el 80% lo sufre y el 81% no alcanza las seis horas diarias de sueño con todo lo que ello implica.

Esta situación se ha agravado con la implantación del sistema Lexnet, refiriéndose al tema que venimos tratando el artículo 162.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil al señalar que  “no se practicarán actos de comunicación a los profesionales por vía electrónica durante los días del mes de agosto, salvo que sean hábiles para las actuaciones que corresponda”. Así han aparecido en nuestras vidas los correos electrónicos y los mensajes de texto que nos avisan de notificaciones que muchas veces, créanme, no se refieren a actuaciones urgentes. Es tan llamativo el asunto que al respecto se ha publicado Circular sobre Notificaciones Telemáticas en agosto y septiembre a cargo del Secretario General de la Administración de Justicia; reiteradamente inobservada.

          ¿Ha hecho la abogacía algo frente a los abusos que nos ha impuesto este sistema?. No. Pero por suerte es tan evidente, que recientemente desde el Juzgado de lo Social Número 14 de Madrid se ha planteado cuestión de inconstitucionalidad por entender que el artículo 162.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva e impide el debido descanso de los trabajadores. “Los abogados y profesionales serían esclavos de su ordenador porque los obliga a estar pendientes, sin descanso, para saber si han sido notificados o no. Si el destinatario fuese un trabajador, se repetiría la notificación o se publicarían edictos”.

Detrás de las cifras que resultan del informe emitido por el Instituto de Salud Mental de la Abogacía hay historias de personas que tratan cada día de hacer lo mejor posible su trabajo, en ocasiones con todo en contra. Personas que tratan de conciliar su vida personal y familiar con un trabajo que se presenta como imposible de planificar por causas ajenas a nosotros. Personas que no pueden descansar, ni recuperarse de una enfermedad o cuidar de los suyos sin tener en mente los plazos y trámites que nunca se detienen por sus “cuestiones de agenda”. Personas que no siempre reciben de la abogacía institucional el apoyo que precisan para salir de esta situación, a la que nunca debieron haber llegado.

Esas personas no están solas. Y algún día cambiarán sus vidas como a diario cambian las de sus clientes.

ANA GARNELO FERNANDEZ-TRIGALES

Leon, 22 de agosto de 2019


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Licenciada en derecho ejerciente, perteneciente al Ilustre Colegio de Abogados de León. Mediadora

Defensora de la función social de la abogacía y del turno de oficio como máxima expresión de la misma.

Miembro por tanto de la Comisión de Turno de Oficio de la Delegación de Ponferrada del Ilustre Colegio de Abogados de León y letrada adscrita al turno de oficio.

Comprometida con la necesidad de facilitar el acceso a la profesión a quienes se incorporan a la misma desde la presidencia de la Agrupación de Abogados Jóvenes de León.

Convencida de que la justicia atraviesa un momento complicado, con amenazas frente a las cuales no podemos ser indiferentes quienes hemos hecho de su defensa uno de los frentes fundamentales de nuestras vidas. Activista por tanto en redes sociales.

Experta en gestión de redes sociales. Ponente en el I y II Encuentro de
Community Management en el Sector Legal, organizados por el Instituto de Innovación
Legal, y coautora de los ebooks “Redes sociales en el sector legal” y “II Encuentro de
CM legal”, editados ambos por Lefebvre-El Derecho.

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