El que con violencia o intimidación grave obligare a las personas referidas en los artículos anteriores a ejecutar un acto contra su voluntad, será castigado con la pena de prisión de ocho a doce años.
En el caso previsto en el párrafo anterior, si la violencia o la intimidación no fueran graves, se impondrá la pena inferior en grado.
Comentarios:
● Bien jurídico protegido:
● Sujeto activo:
● Sujeto pasivo:
● Acción típica:
○ Elemento objetivo:
○ Elemento subjetivo:
● Tipo de delito:
● Tentativa:
● Omisión:
● Imprudencia:
● Prescripción:
Sentencias