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Artículo 615. Código Penal

La provocación, la conspiración y la proposición para la ejecución de los delitos previstos en los capítulos anteriores de este Título se castigarán con la pena inferior en uno o dos grados a la que correspondería a los mismos.

Comentarios:

Bien jurídico protegido:

●  Sujeto activo:

●  Sujeto pasivo:

●  Acción típica:

○  Elemento objetivo:

○  Elemento subjetivo:

●  Tipo de delito:

●  Tentativa:

●  Omisión:

●  Imprudencia:

●  Prescripción:

Sentencias

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