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El Aborto En España. A cargo de José Rey

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EL ABORTO EN ESPAÑA

Este mes en A definitivas vuelvo a la tónica habitual de hablar de algún delito en concreto. Esta vez centraré mi análisis en la regulación legal que tiene el aborto en España y en su Código Penal.

Podemos definir el aborto como la interrupción y finalización prematura del embarazo de forma natural o voluntaria. Esta última (la voluntaria) es la que está sometida en España a unas “reglas” para que sea legal, establecidas todas ellas en la Ley 2/2010 de 3 de marzo de salud sexual y reproductiva y de interrupción voluntaria del embarazo.

De esta manera, la legalidad en España conlleva los siguientes requisitos:

  • Que el aborto se realice por médico especializado
  • Que el aborto se realice en centro médico especializado
  • Consentimiento íntegro de la mujer

Además, si el aborto es a petición de la mujer, deben de reunirse otros requisitos adicionales, a saber:

  • No superar las 14 semanas de embarazo (unos 3 meses y medio)
  • Estar ésta debidamente informada (información que consiste en explicar a la mujer las consecuencias de aborto, la posibilidad de recibir ayudas públicas, sus derechos laborales, etc.)
  • Que en el transcurso entre la información dada y el aborto discurran, al menos, tres días
  • Tener más de 18 años. Las menores necesitarán del consentimiento de los padres o tutores.

Dados estos requisitos, el aborto es legal en España y no entraña consecuencias algunas para los implicados (de hecho, en España se realizan cerca de 100.000 abortos al año).

Además, existen otros casos en los que, por causas médicas puede alargarse el plazo de las 14 semanas. Son dos:

  • Hasta las 22 semanas: Con grave riesgo para la vida y salud de la embarazada o graves anomalías del feto.
  • Indefinidamente: Cuando se detecten anomalías fetales incompatibles con la vida del feto.

Establecido el marco legal donde SÍ se podría abortar, nos encontramos con otros casos donde diferentes conductas no están amparadas por la Ley y serán penadas. Son las siguientes:

  • El que produzca el aborto de una mujer SIN el consentimiento de ésta. Será penado con prisión de 3 a 10 años e inhabilitación especial de 4 a 8 años.
  • El que produzca el aborto de una mujer Con el consentimiento de ésta. Dos actores penados:
    • El que produzca el aborto: Prisión de 1 a 3 años e Inhabilitación especial de 1 a 6 años.
    • La mujer: multa de 6 a 24 meses
  • Aborto legal sin cumplir los requisitos. La falta de alguno de los siguientes conllevará una multa de 6 a 12 meses e inhabilitación especial de 6 meses a 2 años (en estos casos, la mujer no será penada):
    • No informar a la mujer de las consecuencias del aborto
    • No transcurrir el periodo de los tres días
    • No contar con dictámenes médicos previos
    • No realizarlo en un centro acreditado
  • Imprudencia grave: Se pena con prisión de 3 a 5 meses o multa de 6 a 10 meses.
  • Imprudencia profesional: Si el aborto se produce como consecuencia de una imprudencia profesional, el facultativo será castigado con la inhabilitación especial de 1 a 3 años

En todos los casos anteriores, si el aborto ilegal se produce después de la semana 22 de gestación, la pena a aplicar será en su mitad superior.

Y para terminar, un cuadro resumen (orientativo) de cómo está regulado el aborto en el mundo:

 

Legal Legal en algunos casos Legal en caso de riesgo de vida para la madre Ilegal
España India Egipto República Dominicana
EEUU Inglaterra Libia El Salvador
Alemania Japón Filipinas Nicaragua
Uruguay Finlandia Madagascar El Vaticano

José Rey, abogado

15 de diciembre de 2022



José Rey Rosa

Licenciado en derecho por la Universidad de Málaga, actualmente realizo el trabajo final del Máster en Derecho Penal y Política Criminal sobre los juicios paralelos en televisión y redes sociales.

Mientras estudiaba, participé en numerosos Torneos de Debate a nivel nacional, llegando a ser posteriormente Subdirector, profesor y formador de la Escuela de debate de Málaga Cánovas fundación.

Con la misma fundación, me formé en diversos talleres y títulos relacionados con el liderazgo y la comunicación además de con el trabajo en equipo.

Terminada mi carrera universitaria, pronto comencé a trabajar en un despacho de abogados en Málaga.  Ejercí durante dos años como abogado en el mismo, ejerciendo las funciones tales del puesto, como redacción de escritos, estudio de temas, citas con clientes o realización de vistas entre otras.

A pesar de que la mayoría de mi tiempo lo he pasado siempre delante de los libros, siempre he tenido tiempo para el deporte, siendo miembro de equipos de baloncesto y partícipe en ligas provinciales desde muy pequeño, siendo hoy en día, mi mayor afición.

 

 

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