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El Canal Prioritario de la Agencia española de Protección de datos. A cargo de Aran Feijoo Covelo

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El Canal Prioritario de la Agencia española de Protección de datos.

En Septiembre de 2019 la Agencia española de protección de datos presento su canal Prioritario que permite a la ciudadanía el comunicar la difusión ilícita de contenido sensible en lo correspondiente a imágenes o videos de carácter violento, sexual. Este tres de Enero de 2021 en contestación de las preguntas de las senadoras socialistas Estefanía Martín Palop y María Teresa López Martin. El gobierno ha facilitado la información correspondiente a su actividad donde desde su inicio se han presentado 237 reclamaciones y 48 expedientes de Investigación.

Desde el inicio de su andadura el 24 de septiembre de 2019 hasta enero de 2021, el canal prioritario de la agencia española de protección de datos ha recibido 237 reclamaciones de 197 personas diferentes dando como resultado 32 órdenes de retirada urgente  de este tipo de contenido. Así mismo se han abierto 48 expedientes de investigación sobre material sensible y se han inadmitido 168 reclamaciones.

El canal prioritario se creó como un sistema para dar solución de forma rápida a situaciones excepcionalmente delicadas, como aquellas que incluyan la difusión de contenido sexual o violento. En cuanto al contenido de las denuncias presentadas en estos años se han clasificado en contenido sexual (25%), redes sociales (19,4%) publicación de datos de internet.(12,5%) menores(8,3%) datos sensibles (5,6%) derechos (4.2%)  robo o suplantación de identidad (2,8%) y video vigilancia (2,8%) ciberacoso (13,9%) y Violencia de género (5,6%)

En estos dos últimos apartados cibera coso y violencia de género, el Instituto Andaluz de la Mujer y la Agencia española de protección de datos lanzaron este pasado 12 de Febrero la campaña # puedespararlo# cuyo fin es precisamente el dar a conocer el canal prioritario como herramienta clave para la retirada de contenido sexual y violento , especialmente dirigido contra las mujeres, que sea obtenido y distribuido sin su consentimiento atraves de las redes sociales y la RED.

En lo que respecta al desglose por genero y edad de las victimas que y han presentado denuncia a través del canal prioritario , la información aportada a preguntas de las senadoras arroja que de los 48 expedientes abiertos , 26 correspondieron a mujeres y 22 de ellos ahombres de los cuales 31 eran mayores de edad y 17 correspondían a menores.

Este canal puesto en marcha en 2019, tiene como fin último el facilitar la denuncia directa, inmediata y anónima sobre contenidos sensibles. Especialmente se considera como clave para incidir en la lucha contra el nuevo ejercicio de violencia contra las mujeres empleando para ello las redes sociales.

En lo que corresponde a las reclamaciones admitidas según procedencia geográfica son difíciles de determinar, principalmente dado que si se elige la notificación electrónica, el reclamante no introduce su dirección postal y por tanto no se cuenta el dato de la provincia.

El canal prioritario es una iniciativa de 2019 del gobierno a través del ministerio de Justicia que implementa la Agencia española de protección de datos. Su función es dar una respuesta rápida a los afectados por la difusión de imágenes sin su consentimiento que tengan un contenido violento, sexual o difamatorio y que se considere especialmente sensible. Por ello el afectado puede dirigirse al prestador de servicios de internet, y si esa acción resulta infructuosa puede dirigirse mediante reclamación electrónica a la agencia, aportando toda la documentación oportuna y la justificación de haber actuado primero ante el proveedor de internet.

En situaciones excepcionalmente delicadas, cuando las imágenes incluyan contenido sexual o de violencia explicita y afecten especialmente a menores de edad o víctimas de violencia de género. Se puede acudir directamente al canal, el cual establece una vía prioritaria y puede adoptar de ser preciso, medidas urgentes para su retirada. En este contexto es cada vez más frecuente que se publiquen en internet o se difundan por las redes sociales, imágenes y videos de mujeres víctimas de violencia de género, de menores de edad y de otros colectivos vulnerables.

En la actualidad el uso de imágenes y su difusión en medios digitales es uno de los instrumentos más utilizados en el acoso, tanto en el entorno laboral como en el escolar-bullyng y su versión atraves de internet, cyberbullying- de acoso sexual a menores-grooming o sexting.

Es evidente que estas conductas están perseguidas y tiene sus consecuencias en los ámbitos administrativos, disciplinarios, civiles y penales por la difusión de contenidos sensibles. En el caso especifico del canal prioritario , la agencia puede ordenar de forma inmediata al proveedor de internet , la retirada del contenido sensible en un plazo inmediato, bajo apercibimiento de sanción de hasta un 4% de su facturación.

Así mismo pude dar cuenta de forma directa a la fiscalía del hecho denunciado la cual actuara de oficio.

Aran Feijoo Covelo

19 de marzo de 2021


Imagen del autor, Arán Feijoo

Arán Feijoo Covelo

Delegado de protección de datos en el ayuntamiento de Salvaterra de Miño, provincia de Pontevedra Comunidad autónoma de Galicia.

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