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¿Qué hacen los abogados especializados en derecho bancario?
El derecho bancario es aquella rama del derecho privado en donde se encuadran las normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan toda la actividad bancaria, su estructura, el funcionamiento de las entidades bancarias y financieras y las relaciones entre entidades y usuarios de Banca.
Son muchas las situaciones en las que un profesional especializado en esta materia puede intervenir asesorando y defendiendo los intereses no solo de particulares y empresas sino también los de las propias entidades financieras. Se analizan a continuación las distintas maneras en las que un abogado especializado en derecho bancario puede prestar sus servicios
LOS SERVICIOS JURIDICOS DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS
Todos los Bancos, Cajas de Ahorros y demás entidades financieras cuentan con departamentos jurídicos internos; los abogados que forman parte de los mismos, tienen como objetivo defender los intereses de las entidades ante cualquier incidencia jurídica que se presente, no solamente en lo que se refiere al derecho bancario, sino en cualquier otra rama del mismo. Por lo tanto, han de contar con una sólida formación no sólo en normativa bancaria, sino también en cualquier otra especialidad del derecho.
LOS ABOGADOS COLABORADORES DE LOS BANCOS
No es muy frecuente que las asesorías jurídicas internas de los Bancos tramiten los procedimientos judiciales en los que los mismos se puedan ver inmersos ya sea como demandantes o como demandados. Es común que cuenten con despachos de abogados colaboradores que se van a encargar de la tramitación de las acciones judiciales en las que el Banco intervenga; no tienen con los mismos una relación laboral, sino solo una colaboración mercantil.
Se van a enumerar a continuación algunos de los servicios que prestan estos abogados:
1.- Tramitación de procedimientos judiciales civiles de reclamación de cantidad, a fin de recuperar aquellos importes que adeudan los usuarios de Banca con origen en impagos de hipotecas, préstamos personales, tarjetas, créditos, incumplimiento de avales, resolución de contratos de leasing, renting, o cualesquiera otros en los que la entidad intervenga como demandante.
También suelen encargar a estos abogados la tramitación de los litigios civiles en los que el Banco vaya a intervenir como demandado; de todos son conocidas, a modo de ejemplo, las acciones judiciales que se inician por particulares y empresas a fin de conseguir de la justicia la declaración de nulidad de las cláusulas de sus contratos por abusivas; en estos casos los abogados colaboradores defenderán con su intervención la plena validez de las condiciones contractuales.
2.- Desde el punto de vista procesal, no solo van a intervenir en procedimientos civiles, también lo podrán hacer en asuntos penales; por ejemplo, cuando hay que denunciar a un usuario de la entidad por haber cometido un delito de alzamiento de bienes que trae los consiguientes perjuicios a la entidad a la hora del cobro de una deuda. O que la entidad solicite la intervención del profesional colaborador porque uno de sus clientes ha presentado una denuncia penal contra alguno de sus empleados por algún hecho que pueda ser constitutivo de delito.
En estos casos van a asumir la defensa del Banco en el procedimiento penal, tanto en fase de instrucción como de juicio oral.
3.- Siendo los anteriores los servicios profesionales más habituales de estos abogados, hay otros menos conocidos que algunas entidades (no todas) también externalizan con despachos ajenos a su departamento jurídico; por ejemplo, tramitar informes de testamentaría, para que, cuando fallece el titular de una cuenta bancaria o de otros productos financieros, se puedan poner esos bienes a disposición de los herederos.
Otro caso es el de bastanteo de poderes notariales tanto de personas físicas como de mercantiles; aquí el abogado una vez revisado el poder, va a indicar, en función del contenido del mismo, que facultades bancarias para operar se han otorgado al apoderado y cuales no.
A la vista de todos los servicios que el Banco puede encargar a estos despachos, es preciso que dispongan de la infraestructura adecuada para llevarlos a buen término y que dominen un gran número de ramas del derecho (civil, penal, procesal, mercantil, derecho de sucesiones, entre otras), además del derecho bancario.
LOS ABOGADOS ESPECIALISTAS EN DERECHO BANCARIO PARA CONSUMIDORES
Más allá de la intervención, llegado el caso, en procedimientos judiciales, queremos poder de relieve el gran servicio que pueden prestar estos profesionales a los consumidores en las relaciones habituales con su banco; y a los que no acuden bien por desconocimiento o por no querer abonar el coste que pueda tener la consulta.
Existe la falsa creencia de que los abogados están ahí para cuando no queda otra que acudir a Tribunales; y eso no es así; su asesoramiento puede ser básico para llevar a buen puerto cualquier tipo de contrato o negocio jurídico desde su gestación. Si se centra la cuestión en el ámbito bancario, su intervención permitirá ayudar y mucho al consumidor en sus relaciones habituales del día a día con las entidades a y en todas aquellas operaciones financieras en las que se pueda ver involucrado.
1.- Todos los días, los Bancos firman cientos de operaciones financieras con los consumidores: aperturas de cuenta corriente, préstamos personales, hipotecas, tarjetas de crédito, avales, líneas de crédito, entre otras. Y es común que los particulares firmen los contratos sin detenerse a leerlos a fin de poder conocer las obligaciones que contraen; no vale decir “ a toro pasado” que una determinada cláusula es abusiva, que en el Banco no le explicaron nada o que no puede leer un contrato de muchas hojas de cuyo contenido no entiende la mayor parte; pero el caso es que lo firma y ya no hay marcha atrás. Lo cierto es que todos tenemos el deber de leer los documentos que firmamos, del tipo que sean.
Y ahí está el abogado especializado para leerse por el interesado el contrato y ayudarle a interpretarlo, a que si decide firmarlo comprenda su contenido, a advertirle antes de la firma de la concurrencia de unas comisiones indebidas, de unos intereses usurarios, de alguna otras condición que pueda ser perjudicial para él.; incluso, dados sus conocimientos sobre la normativa del sector, ayudarle a valorar si esa operación financiera que pretende llevar adelante es adecuada para un consumidor como él o hay otra más ajustada a sus necesidades. Insistimos en la importancia del asesoramiento del abogado de derecho bancario en lo que podemos llamar “fase informativa” en los momentos previos a formalizar un contrato bancario,
2.- Se puede contar con su ayuda a la hora de negociar con las entidades cualquier tipo de operación financiera.
3.- Llegado al punto que el usuario de Banca tenga algún problema o incidente con su entidad, podrá dirigirle en la redacción de la reclamación ante los Servicios de Atención al Cliente y si fuera el caso, preparar la reclamación ante el Departamento de Conducta de Entidades del Banco de España.
Cuando la única solución es el procedimiento judicial, el profesional del derecho bancario se pondrá la toga para defender los intereses del particular frente a la entidad financiera.
- Interviniendo para solicitar la nulidad de cualquier cláusula abusiva que pudiera existir en los contratos bancarios firmados por el usuario de Banca. Entre las más comunes de estas acciones están la reclamación de los gastos hipotecarios, de la cláusula suelo, las tarjetas revolving por intereses usurarios y las hipotecas multidivisas.
- Reclamando la devolución de las cantidades que el Banco nos haya podido cargar por unas comisiones indebidas de cualquier tipo.
- Haciendo valer los derechos del interesado en casos de fraude bancario, cuando el Banco se niega a devolver los cargos no autorizados por el mismo.
- En los casos en los que sea el Banco quien demanda a su cliente, presentará el escrito de oposición a la mismas; estas demandas suelen referirse casi siempre a reclamaciones de cantidad por incumplimiento de la obligación de pago del consumidor en préstamos personales, hipotecas, descubiertos, deudas con causa en tarjetas de débito o crédito, avales etc
17 de marzo de 2023
Elena Novel