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Se acabaron las fake news, ahora es tiempo de paparruchas. A cargo de Andrea Mendiola.

SE ACABARON LAS FAKE NEWS, AHORA ES TIEMPO DE PAPARRUCHAS.

Que se vayan los anglicismos, las paparruchas han venido para quedarse y la fiscalía de nuestro Estado, lo sabe.

Pero mejor empezamos definiendo términos. Os presento la palabra ganadora del
diccionario Collins 2017: las fake news. Este concepto se define como noticias falsas con el objetivo de la desinformación, normalmente creadas por grandes medios de comunicación.

Por tanto, sería lógico que las primeras fake news que se nos vienen a la mente son las maravillosas publicaciones de El Mundo Today, que tiene como finalidad la sátira social (y la risa que nos entra cuando vemos que alguien las comparte como noticias ciertas).

Pero ésta no es la definición que solemos usar cuando nos encontramos frente a una noticia totalmente falsa, ahora hablamos más de bulos, es decir, de engaños.

Aunque déjame lector que te presente la palabra que sin duda pasará el certamen de la RAE por palabra 2020: paparrucha.

«Dícese de una noticia falsa y desatinada de un suceso, esparcida entre el vulgo.»

Esto es lo que, señoras y señores, busca frenar la fiscalía de Estado frente a la creciente generación de desinformación que encontramos en la extensión de nuestro mano; el smartphone.

Miles y miles de contenidos han estado pasándose, recreándose y maximizándose relativos al Coronavirus: desde críticas al Gobierno y a la oposición, métodos “desinfectantes”, fotografías multitudinarias y cifras desorbitadas. Todo ello falso. Sin la presunción de veracidad. Totalmente falso, creando un alarmismo social muy poco deseable en los tiempos de confinamiento cuando regalamos la mayor parte de nuestro tiempo a los medios de comunicación.

Claramente y con la apuesta de fiscalía de perseguir las paparruchas en las redes sociales nos echamos las manos a la cabeza: es como una cacería de brujas.
Aunque no me gusta tirar de hechos históricos, recordaré a los lectores que el 5 de noviembre del 2019 se aprobó el decreto ley de seguridad digital en el cual se determinó que una página web podría ser cerrada sin contar con el beneplácito de un juez, así pues, pasó a ser una resolución que concierne únicamente a la Policía.
Y así es, amigos míos, en pleno siglo XXI, el de la información y comunicación, estamos frente la lucha incansable del Estado para frenar aquella actividad informativa en las redes sociales y en el tráfico de internet que no competa al Gobierno. Nos sorprende, aunque todos sabemos que es una realidad des de hace algún tiempo.

Pero llevemos estos conceptos al Derecho. Estamos ante el clásico enfrentamiento de Derechos Fundamentales, el típico debate abierto a los alumnos de Derecho en su asignatura de Constitucional:

¿Qué es más importante, el derecho a la información o el derecho a la libertad de expresión?

Encontramos ambos derechos regulados en la Constitución en su artículo 20, que se nos reconoce el derecho a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción. Y también, comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión.

Recordemos que el Tribunal Constitucional, en Sentencias de 79/2014 de 28 de mayo o 104/1986 de 17 de julio viene diferenciando “entre el derecho que garantiza la libertad de expresión, cuyo objeto son los pensamientos, ideas y opiniones (concepto amplio que incluye las apreciaciones y los juicios de valor) y el derecho a comunicar información, que se refiere a la difusión de aquellos hechos que merecen ser considerados noticiables. Esta distinción entre pensamientos, ideas y opiniones, de un lado, y comunicación informativa de hechos, de otro, tiene una importancia decisiva a la hora de determinar la legitimidad del ejercicio de esas libertades, pues mientras los hechos son susceptibles de prueba, las opiniones o juicios de valor, por su misma naturaleza, no se prestan a una demostración de exactitud, y ello hace que al que ejercita la libertad de expresión no le sea exigible la prueba de la verdad o diligencia en su averiguación, que condiciona, en cambio, la legitimidad del derecho de información”.

Como vemos, se tratan de libertades dispares, con un tratamiento distinto, pero a la vez fuertemente conectadas. Y esto es así, porque ambas libertades coexisten dentro de la Constitución, la libertad de expresión se ampara en la emisión de ideas o juicios y la libertad de información no da derecho a comunicar noticias falsas.
Así que nos hallamos ante una igualdad de derechos, no sólo en redacción sino también en acción. Imagino que los padres de la Constitución no creyeron que ambos derechos podrían confrontarse, pero así es. Hablando des del pragmatismo más absoluto, es una afirmación decir que nadie controla la red. Y así es. Existe un control que escapa de los Estados aunque se esfuercen en ello. Por tanto, propuesta de fiscalía no queda más que en una simple advertencia pues no lleva consigo ninguna articulación real de hacerse efectiva y, ni que así fuera, tampoco lograría su objetivo.

Juristas, vivimos en Un Mundo Feliz, que lejos de un 1984, estamos ante el incesante
movimiento de noticias de 140 caracteres de grandes y dolorosos titulares, que azotan constantemente nuestros ojos ya cansados.

Por lo anterior, para hacer la guerra a las paparruchas, sería más lógico y de suma sencillez que el Estado usara las herramientas que ya tiene a su alcance: los medios de comunicación reales. Contra los bulos, los periódicos. Contra la desinformación, información. Que cada vez que una paparrucha lograra llegar a muchas personas, se contraataque con noticias reales desnudando la mentira a través de los informativos nacionales y del Estado.

Y también, como no, educar a toda la ciudadanía sobre el uso responsable de la información que nos llega, des de comprobar las fuentes de la noticia, saber que medios de comunicación son veraces y como puede afectar aquello que reenviemos. El Estado somos todos. Y con o sin fiscalía, en estos momentos tan duros, se nos exige responsabilidad mediática.

Andrea Mendiola

20 de mayo de 2020


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Autora: Andrea Mendiola.

Especializada en studies of geneder por la Universidad Autónoma de Barcelona y actualmente estudiando el grado de antropología en la misma Universidad.

Trabajando en el Derecho de Consumo desde hace 3 años y con sección en radios locales y en televisión pública atendiendo a clientes en directo.

Amante y campeona de debate académico y preparadora así como formadora en oratoria en varias Universidades, Fundaciones y empresas. Enstusiasmada de la docencia en Derecho en diferentes organizaciones y másters y participando en varios simposiums sobre el ejercicio del humor para trasladar el derecho a los futuros juristas.

Cofundadora de Jóvenes Juristas y docente en la misma organización.

Galardonada en 2018 como mejor mujer jurista.


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