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UNIÓN Y SEPARACIÓN DE PAREJAS DE HECHO
Las parejas nacen y, a veces, mueren. Es por ello que si estás pensando registrar tu relación como pareja de hecho o estás pensando separarte cuando ya lo eres, te explico cómo hacerlo en el siguiente artículo.
¿CÓMO REGISTRARSE COMO PAREJA DE HECHO?
La pareja de hecho es una forma de formalizar tu relación sentimental, pero sin llegar al matrimonio.
Cabe tener en cuenta que dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que te encuentres, la pareja de hecho se regulará de manera distinta. En el caso de la Comunidad Valenciana, rige la Ley 5/2012, de 15 de octubre, de Uniones de Hecho Formalizadas de la Comunidad Valenciana.
Requisitos a cumplir:
Los requisitos dependerán de la Comunidad Autónoma en la que te encuentres.
En el caso de la Comunidad Valenciana, éstos son:
- Ser mayores de edad o menores emancipados,
- Convivir en una relación de afectividad análoga a la conyugal en el territorio de la Comunidad Valenciana,
- Manifestar la voluntad de formalizar la relación de convivencia afectiva a través de su inscripción en el Registro de Uniones de Hecho formalizadas de la Comunidad Valenciana,
- No tener relación de parentesco en línea recta por consanguinidad o adopción ni colateral por consanguinidad o adopción hasta el segundo grado,
- No estar ligados por matrimonio o estar separados legalmente, mediante sentencia judicial firme o por escritura pública otorgada ante notario,
- No tener constituida una pareja o unión de hecho inscrita en cualquier registro de análogas características,
- No estar incapacitados judicialmente para regir su persona.
Procedimiento:
El procedimiento a seguir para proceder a la inscripción de la pareja de hecho dependerá también de la Comunidad Autónoma en la que te encuentres. Es por ello que deberás remitirte a la normativa que en tu Comunidad se aplique para conocer cuáles son los pasos a seguir.
En la Comunidad Valenciana, encontrarás el procedimiento presencial y el procedimiento online:
- Procedimiento presencial:
La solicitud de inscripción se formulará por escrito mediante un modelo normalizado dirigido al Registro de Uniones de Hecho Formalizadas de la Comunidad Valenciana.
La instancia podrás presentarla en alguno de los siguientes lugares:
- En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan.
- En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
- En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Preferentemente, deberás presentar la solicitud en la sede del Registro de Uniones de Hecho que, dependiendo en qué provincia de la Comunidad Valenciana te encuentres, podrá ser:
- Castellón: Registro de la Dirección Territorial de Justicia, Interior y Administración Pública – c/ Major, nº 78, (12001), Tel: 012.
- Alicante: Registro de la Dirección Territorial de Justicia, Interior y Administración Pública – Rambla Méndez Núñez, nº 41, (03002), Tel: 012.
- Valencia: Registro General de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, c/ De La Democràcia, nº 77, Ciutat Administrativa, 9 D’Octubre-Edifici A, (46018), Tel: 012
- Procedimiento online:
Podrás presentar la solicitud siempre y cuando tengas certificado electrónico a través del enlace siguiente: https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/login.html
¿CÓMO CANCELAR UNA PAREJA DE HECHO?
Si resides en la Comunidad Valenciana, podrás dejar de ser pareja de hecho presentando una solicitud gratuita en el Registro de Uniones de Hecho Formalizadas de la Comunidad Valenciana.
¿Quién podrá iniciar la cancelación?
Cualquiera de los dos miembros de la unión por separado o los dos juntos cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:
- De común acuerdo de sus miembros,
- Por declaración de voluntad de cualquiera de ellos,
- Cuando cualquiera de los convivientes esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro o de los hijos comunes o de cualquiera de ellos, y se haya dictado resolución judicial motivada en la que se constaten indicios fundados y racionales de criminalidad,
- Por muerte o declaración de fallecimiento de cualquiera de sus miembros,
- Por cese efectivo injustificado de la convivencia durante un plazo mínimo de tres meses,
- Por matrimonio de cualquiera de sus miembros,
- Cuando la pareja deje de tener su domicilio habitual, con carácter definitivo, en el territorio de la Comunidad Valenciana.
¿Cómo presentar la solicitud de cancelación?
De la misma forma que el trámite de inscripción podrá hacerse de forma presencial acudiendo al Registro correspondiente o de forma telemática.
¿Qué documentación deberé presentar?
Además del impreso normalizado, deberá aportarse la siguiente documentación dependiendo del motivo de la extinción:
- Resolución judicial motivada en la que se constaten indicios fundados y racionales de criminalidad en relación a delitos relativos a atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro o de los hijos comunes o de cualquiera de ellos,
- Certificado del Registro Civil que acredite el fallecimiento de uno de los miembros de la unión de hecho o declaración judicial de fallecimiento,
- Declaración responsable, de al menos uno de los miembros de la unión de hecho formalizada, relativa al cese efectivo injustificado de la convivencia durante un plazo mínimo de tres meses,
- Certificado de matrimonio de los miembros de la unión de hecho, entre sí, o de uno de ellos,
- Cuando solicite la baja por dejar de tener su domicilio habitual en la Comunidad Valenciana, será suficiente la manifestación cumplimentada en el modelo normalizado al efecto.
Andrea Ruiz García – Abogada especialista en Derecho de Familia.
7 de agosto de 2023
Andrea Ruiz García es graduada en Derecho por la Universidad de Valencia, habiendo cursado posteriormente el Máster en Abogacía en la misma Universidad.
Comenzó su formación práctica en el despacho Carolina Torremocha – Abogados de Familia en el que se encuentra trabajando en la actualidad como abogada de familia.
Colabora en diferentes blogs jurídicos para la redacción y publicación de artículos propios.
Aprendiendo día a día para ejercer con la máxima profesionalidad y con el objetivo de ofrecer un servicio de calidad, comprometida con la ética profesional y responsabilidad social.
Correo electrónico: ruizgarcia.abogada@gmail.com