AD 7/2020
Hace veintidós años, el Comité de Ministros del Consejo de Europa, aprobó la primera Recomendación sobre mediación familiar. Fue la primera norma europea sobre la mediación, como método alternativo de resolución de conflictos, y por ello, mañana, 21 de enero se celebra el Día Europeo de la Mediación.
- #mediacion
- #diaeuropeodelamediacion
- #ventajasdemediar
- #resoluciondeconflictos
- #masc
- #adr

El Día Europeo de la Mediación que se celebrará mañana, sirve para reconocer el trabajo y la labor que se está realizando para que la mediación siga creciendo.
¿Por qué celebramos mañana día 21 el día europeo de la mediación? Porque coincide con la fecha en que se aprobó la Recomendación número R (98)1, sobre Mediación Familiar, por el Consejo de Europa el 21 de enero de 1998, el primer texto legislativo de mediación europeo.
Para celebrar la fecha, instituciones y empresas organizan eventos a lo largo de los días que han precedido a la fecha y los días que siguen.
La Unión Europea siempre ha promovido las ADR, la utilización de métodos alternativos de solución de conflictos («MASC»), y entre estos medios alternativos al judicial para resolver las disputas encontramos la mediación. La Directiva europea 2008/52/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008 sobre ciertos aspectos de la mediación en asuntos civiles y mercantiles recoge las pautas de las mediaciones civiles y mercantiles, y pretende agilizar la resolución de las controversias de los ciudadanos, en muchas ocasiones enquistadas en los tribunales, así como facilitar nuevas herramientas para de manera eficaz resolverlos sin acudir a la vía judicial.
Los países de la unión, debían transponer a su ordenamiento jurídico está directiva en mayo de 2011 y es ahora aplicada por todos los Estados miembros. En España, la mediación está regulada a través de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles; y del Real Decreto 980/2013, de 13 de diciembre, que completó la regulación legal en materia de formación y responsabilidad civil de los mediadores.
La Ley 5/2012 de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles incorpora al Derecho Español la Directiva 2008/52/CE del Parlamento Europeo y del Consejo , de 21 de Mayo de 2008 sobre ciertos aspectos de la mediación en dichos asuntos y en su art. 1 define la mediación como “aquel medio de solución de controversias, cualquiera que sea su denominación, en que dos o más partes intentan voluntariamente alcanzar por sí mismas un acuerdo con la intervención de un mediador.”
Pero, legislación aparte, ¿que ha supuesto el impulso de la mediación desde la Unión Europea a los ciudadanos? ¿En qué podemos considerar beneficiosa la mediación? ¿Qué ventajas tiene?
Hemos solicitado a diferentes miembros de la sociedad que conocen la mediación, por ser mediadores o haber participado en algún proceso de mediación, qué opinan sobre mediación y qué ventajas tiene respecto al método tradicional de resolver los conflictos (el judicial y el arbitraje).
Os dejamos una pequeña presentación de las personas que nos han dado su respuesta en formato vídeo y un pequeño extracto que muestra la opinión recogida en las entrevistas y de aquellas otras personas que han preferido permanecer anónimas:
• La mediación toma en cuenta lo que desean las partes, son las protagonistas y las que deciden.
• Sirve para un desahogo emocional y por eso alivia las tensiones entre las partes, algo que el arbitraje o el sistema judicial, impositivo, no permite gestionar.
• Permite restablecer la armonía y mantener la relación entre las partes en conflicto, si así lo desean.
• La mediación es mucho más rápida que un juicio.
• Es más económica que un juicio.
• La mediación, especialmente la mediación comunitaria, considera las propias vivencias, las tradiciones y circunstancias sociales de las personas.
• Se puede mediar en los idiomas ancestrales de las personas en conflicto. No sólo en el lenguaje oficial.
• Es un proceso confidencial y flexible para las partes, donde ellas deciden. Lo pueden abandonar cuando deseen y ellas aportan la solución con las técnicas que facilita el mediador.
• Los acuerdos se cumplen con mayor satisfacción para las partes, puesto que son ellas las que lo han decidido.
• Ambas partes ganan en la mediación, supone un win/win
• El dialogo es la base para resolver las cosas, como se suele decir “hablando se entiende la gente”, por ello la mediación no sólo es una herramienta para resolver conflictos sino para prevenir cualquier tipo de situación, al favorecer el entendimiento y la comunicación con los demás, gestionando las emociones de ambas partes. Es una comunicación mucho más profunda para no sólo llevarnos mejor con los demás sino para que la sociedad sea más justa y moral y nos lleve a vivir desde la manera más justa posible.
Por todo ello, os animo a mediar, y felicito a todos los mediadores que cada día resuelven los conflictos de las partes en el día europeo de la mediación. ¡Felicidades!
Gloria Pazos
20 de enero 2020
Os facilitamos también enlace de los eventos que se van a realizar próximamente sobre mediación, por si es de vuestro interés:




Artículo de Gloria Pazos Mora.

Gloria Pazos es abogada, colegiada 2.882 del ICAIB, ejerciente desde el año 1995.
En su despacho profesional @abogadagloriapazos se tramitan asuntos civiles, centrándose en derecho inmobiliario y derecho familiar, siendo miembro de la Asociación Española de abogados de Familia.
Empezó a interesarse por la mediación tras efectuar un proyecto europeo sobre mediación social en el año 2004, y desde entonces no ha abandonado la vía alternativa de resolver conflictos, ofreciendo a sus clientes alternativas a la vía judicial.
Ha efectuando curso de especialización en mediación civil y mercantil en la UNED y numerosas jornadas y seminarios sobre mediación civil, familiar, de menores, concursal y penal.
Actualmente es mediadora ejerciente, inscrita en la IMIB, institución de mediación de las Illes Balears @imibalears
Mediadora, y miembro de la IMIB (Institución de mediación de les Illes Balears @imibalears).
@abogadagloriapazos en Instagram y Facebook
Pingback: Día Europeo de la Mediación – Gloria Pazos
Pingback: Elementor #3879 – Gloria Pazos
Pingback: Elementor #3879 – Gloria Pazos