El extranjero residente en España que cometiere alguno de los delitos comprendidos en este capítulo será castigado con la pena inferior en grado a la señalada para ellos, salvo lo establecido por Tratados o por el Derecho de gentes acerca de los funcionarios diplomáticos, consulares y de Organizaciones internacionales.
Comentarios:
Bien jurídico protegido:
● Sujeto activo:
● Sujeto pasivo:
● Acción típica:
○ Elemento objetivo:
○ Elemento subjetivo:
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● Tentativa:
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● Prescripción:
Sentencias