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La Negociación En Los Procesos De Familia. A cargo de Patricia Vadillo

AD 31/2023

La negociación en los procesos de familia

Abstract: En este artículo no encontrarás una guía sobre técnicas de negociación para la resolución de conflictos en Derecho de Familia. Se trata de una reflexión sobre las dificultades que nos encontramos los Abogados a la hora de negociar un convenio regulador debido la influencia de un componente que no se da con tanta intensidad en otro tipo de negociaciones: el componente emocional.

Y es un componente con el que los abogados de una y otra parte tenemos que lidiar más allá de nuestros conocimientos jurídicos, por lo que es muy importante tener psicología, compresión y empatía, pero sin llegar a involucrarse emocionalmente en el asunto.

Alcanzar ese equilibrio no es fácil y no siempre se consigue.

Palabras clave:

– Derecho de Familia

– Separación y divorcio

– Convenio regulador

– Negociación

         

La negociación en los procesos de familia

Una parte importante de todo proceso de familia es la negociación previa de un posible acuerdo que evite el pleito contencioso. Lograr alcanzar un consenso en todas las medidas del convenio regulador no es tarea fácil, sobre todo porque esa negociación se produce en el contexto de una ruptura de pareja que hace que las partes no estén en su mejor momento emocional. Y eso influye, generalmente de manera negativa, en la toma de decisiones.

Puede haber excepciones, pero, por lo general, las rencillas, la rabia, la traición y el dolor emocional no suelen estar presentes en la negociación, por ejemplo, de un despido o de una indemnización por accidente de tráfico.

En cambio, cuando se trata de una ruptura de pareja, siempre hay un miembro de la misma que no acepta la separación, o que se siente traicionado por una infidelidad, o que es abandonado por una tercera persona y, en este escenario, es muy complicado sentarse a negociar. Cualquier propuesta que provenga de la parte contraria será mal recibida, e incluso puede percibirse como un ataque o un intento de hacer daño.

No son pocos los clientes que, durante el proceso de negociación del convenio regulador, solo aspiran a sentirse vencedores frente a su ex pareja como una manera de calmar su rabia y su dolor, olvidándose de la importancia de las medidas que se están negociando, lo que les lleva a rechazar de plano cualquier propuesta de la parte contraria porque “no quiero que se salga con la suya”.

Especialmente complicada resulta la negociación cuando existen hijos menores de edad. No podemos negar que algunos progenitores canalizan el dolor de la separación a través de los hijos y ven en ellos una posibilidad de “cobrarse su venganza”.

Para evitar este tipo de situaciones es preferible darse un tiempo para pasar el duelo inicial y asumir la ruptura y, después, desde la calma, plantearse las medidas del convenio regulador. Los procesos de divorcio “en caliente” suelen dar malos resultados, por lo que es aconsejable tomarse un tiempo para la reflexión.

No obstante, esa calma y esa reflexión no siempre se consiguen, y aquí es donde cobra especial relevancia la actitud de los Abogados de las partes. De ellos va a depender que las emociones negativas de los clientes dominen o no el proceso negociador, siendo imprescindible que los Letrados no se impliquen emocionalmente en el asunto y se limiten a escuchar y trasladar propuestas, obviando por completo los motivos de la separación y sin poner etiquetas de “buenos y malos”.

Con más frecuencia de lo que me gustaría, me encuentro con compañeros contrarios que centran la negociación en lo mal que lo está pasando su cliente, mostrándose intransigentes ante cualquier posibilidad de acuerdo e intentando forzar la aceptación de todas sus propuestas por una cuestión de justicia moral.

Esto es un error y un claro ejemplo de que el Abogado contrario se ha dejado llevar por las emociones de su cliente, perdiendo la perspectiva racional de las medidas a tratar.

La negociación de un convenio regulador no es una guerra con vencedores y vencidos. Se trata de encontrar soluciones que favorezcan a ambas partes, fundamentalmente en beneficio de los hijos comunes (en caso de haberlos), cuyo interés superior debe ser el fin último del proceso negociador.

Fdo.- Patricia M.ª Vadillo García

Abogada

                    Palma, a 17 de julio de 2023


Foto

Patricia Mª Vadillo García

Licenciada en Derecho por la Universitat de les Illes Balears

Abogada en “Serra & Vadillo, Abogados”

Colegiada en el ICAIB con nº 4435

Contacto:  patricia@serrayvadillo.com

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