AD 117/2022
LAS PERSONAS QUE EJERCEN LA ABOGACIA
Abstract: Si el primer paso para resolver un problema es tomar conocimiento de su existencia y de su incidencia en el día a día de los individuos a los que afecta, para así dimensionarlo y en consecuencia abordarlo. Si la abogacía conoce y dispone de las herramientas necesarias para impulsar cambios de índole social, que culminen en las necesarias reformas legislativas, y como colectivo nos mostramos fuertes y unidos, no hay excusa ni motivo para que no podamos mejorar las condiciones de nuestro ejercicio profesional.
Palabras Clave:
- Abogacía
- Conciliación
- Vida laboral
- Vida personal
- Vida familiar
- Reforma legislativa
Todos los profesionales del ámbito de la justicia conocemos nuestras inquietudes y nuestras preocupaciones. Cuando somos titulares de pequeños o medianos despachos, cuando somos trabajadores por cuenta propia, compartimos los desvelos inherentes a nuestra actividad, que por cierto no son pocos, pero también la frustración por la falta de empatía de la ciudadanía en general, de otros operadores jurídicos y del propio legislador en particular. Así como lo que parece ser una falta de compromiso de la abogacía institucional cuando pasan los años y ningún avance se consigue en esas materias que realmente inciden en nuestro día a día, de forma muy negativa.
En los foros jurídicos se tratan estos temas. Se comparten pequeños logros, que nos hacen pensar que hay una luz al final del túnel que a menudo es nuestro ejercicio profesional; pero también resoluciones que menosprecian nuestro trabajo y nuestros derechos, así como clientes que parecen ajenos a nuestras circunstancias personales, familiares o profesionales por graves que sean.
En un momento en que se plantean elecciones en varios colegios profesionales resulta patente que esta preocupación se conoce y se comparte, hasta el punto de ser la bandera que enarbolan todas las candidaturas que pugnan por integrar esa abogacía institucional que tiene, en esto de la conciliación, un hueso duro de roer.
Dice nuestro Código Civil en su artículo primero que las fuentes del ordenamiento jurídico son la ley, la costumbre y los principios generales del derecho. En su artículo tres, primer apartado, establece que las normas se interpretarán según el sentido propio de sus palabras, en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos, y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquéllas.
De esta forma se sientan las bases de la vinculación que necesariamente ha de existir entre la sociedad -los individuos que la conforman con sus preocupaciones e intereses- y la Administración de Justicia a todos los niveles.
Una pieza fundamental en ese complejo engranaje viene constituido por la abogacía; un colectivo generalmente mal considerado, en el cual pocos miembros en activo a día de hoy han recibido el respeto antaño generalizado, y que seguramente sea en parte responsable de una situación que está cerca de ser insostenible.
El motivo de la imagen tan negativa que la ciudadanía en general tiene de los abogados es inescrutable y, sin duda, está basado en una premisa rotundamente falsa. Pudiéramos decir, a modo de ejemplo, que podría deberse a la versión que las series o películas americanas dan de unos profesionales que beben y contemplan el skyline desde sus impresionantes despachos más que trabajan, al hecho de que la exitosa defensa de los intereses de nuestros clientes con frecuencia implique la frustración de la expectativa del contrario o, y en todo caso, a la falta de habilidad para comunicar nuestra actividad en el ámbito de la asistencia jurídica gratuita que desmontaría el mito del dinero como única motivación del letrado.
En este escenario no podemos decir que contemos con las simpatías de la ciudadanía y ello nos ha dificultado aunar los apoyos que nuestra causa merecía en momentos tan inquietantes para la justicia como lo fue la vigencia de la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulaban determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses que dificultaron, o directamente impidieron a un elevado porcentaje de la población, el acceso a una segunda instancia, como ejemplo de una de tantas actuaciones procesales que se gravaban de forma desorbitada e injustificada.
Es evidente por tanto que la ciudadanía no nos ve en positivo a nosotros ni a nuestros mensajes, por simples que estos sean, por destinados a su beneficio que claramente estén. Es evidente que tampoco hemos sabido trasladar una imagen cercana y humana al resto de operadores jurídicos y así hemos llegado a la situación actual, de la que seguro conocemos solo una pequeñísima parte.
No seré yo quien afirme que las redes sociales son un reflejo de lo que es la vida offline, pero me voy a apoyar en ellas para tratar de representar el escenario en el que nos movemos los abogados. En ellas encontramos a quienes divulgan contenido jurídico desde el rigor conviviendo con quienes tergiversan, quienes denuncian los problemas de conciliación de la profesión junto a quienes presumen de trabajar los fines de semana (24/7 dirán) como absurdo paradigma del éxito, o quienes presumen de celebrar vistas telemáticas siendo positivos en Covid en lugar de instar la suspensión por enfermedad del letrado.
Nos dice la Real Academia de la Lengua que la conciliación es la acción de hacer compatibles dos o más cosas, consiguiendo equilibrio entre ellas: en lo que nos ocupa, me refiero a los distintos ámbitos de nuestra vida que son y deben ser el personal, el familiar y el profesional.
Me inclino por esta definición porque creo de vital importancia que asumamos la conciliación como un objetivo común para todos los profesionales. No una cuestión vinculada de forma indisoluble al género, y a las tan necesarias medidas de fomento de la igualdad efectiva mediante la redistribución de roles fundamentalmente en el ámbito de los cuidados, ni a la maternidad/paternidad con la que tradicionalmente se ha asociado.
El visible envejecimiento de la población, alarmante en algunas zonas del territorio nacional, hace que sea una realidad palpable para todos el tener que atender no solo a los hijos, sino también a nuestros ascendientes.
Es también una realidad innegable que todos enfermaremos, seremos intervenidos quirúrgicamente o víctimas de un accidente que implicará un ingreso hospitalario o una convalecencia que nos mantendrá alejados del despacho e incluso de las notificaciones por vía telemática.
¿Cómo explicar que al legislador no le importa en absoluto que la abogacía la ejerzan personas que pueden verse en las situaciones antes descritas?.
La abogacía necesita una reforma legislativa que dé soporte a estas situaciones y cumpla las disposiciones de la Ley 39/1999 de 5 de noviembre, para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras. Y que tome en consideración las dificultades que para nuestro concreto ámbito de actuación plantea el objetivo de la conciliación:
La denominada “renuncia” que se asocia a la maternidad, pero que podría aplicarse a otros supuestos en los que fuera necesario disponer de un tiempo para cuidados propios o ajenos o para el desempeño de cualquier otro proyecto personal, no es una opción en el caso de la abogacía ejercida por cuenta propia. Paralizar la actividad del despacho implicaría una pérdida de clientes que sería realmente difícil recuperar.
No hay conciliación sin planificación y no hay planificación con agendas de señalamientos que rara vez consideran la duración real previsible de las vistas -fijando la misma duración para todas-, ni si no todos los operadores jurídicos se comprometen con la puntualidad en la celebración especialmente de la primera vista del día. Quienes ejercen la abogacía, o la procura, saben que un señalamiento a las 10:30 horas obliga a tener una alternativa para recoger a los hijos del colegio, o atender las comidas de familiares dependientes.
Especialmente dura es la falta de empatía de quienes tienen que facilitar la conciliación de los profesionales -jueces o magistrados, letrados de la Administración de Justicia, pero también clientes y compañeros-. Todos los abogados que han pasado por una situación de baja han padecido las insistentes llamadas de clientes, así como los requerimientos para aportar información relativa a la duración de la baja o para la designación de letrado que les sustituya.
Igualmente frecuente es la falta de reconocimiento a la capacidad del abogado por un lado, y la falta de respeto a la libertad del cliente para elegir a quien quiere que dirija su defensa técnica en tribunales por otro, insistiendo en la imposibilidad de suspender actuaciones procesales que no son urgentes y prescindiendo de la realidad de causas paralizadas durante meses sin razón aparente, o por concurrir causa tan justificada como la que defendemos pero en cualquier otro de los intervinientes.
Qué decir de la falta de apoyo de un colectivo poco consciente de la importancia de esta materia, y quizás ignorante de sus dimensiones, que de un modo u otro a todos nos afectan o afectarán.
Finalmente la digitalización de la justicia que se ha traducido en una imposibilidad total de desconexión digital, al entenderse recibidas las notificaciones efectuadas a través del sistema Lexnet a los tres días de su recepción y con independencia de su aceptación expresa. A ello se suma la problemática que la tecnología ha traído con carácter general a las relaciones profesional-cliente: comunicaciones fuera del horario tradicional de oficina e incluso a horas intempestivas, exigencia de respuesta inmediata, envío de archivos de imagen y de audio de forma constante, etc que agravan la carga mental.
Es tiempo de que la abogacía, que a diario defiende los derechos de la ciudadanía y es responsable de muchos de los avances que en el plano social se han alcanzado, se mire a sí misma y se plante. Es tiempo de que exijamos que se nos reconozca que somos personas, vulnerables por tanto en ciertos aspectos, y que aportamos a nuestros clientes un valor que es resultado de la formación y experiencia de cada uno de nosotros y que no es por tanto sustituible. Tiempo de que nos atrevamos, porque me consta que hay jueces y magistrados que sí entienden nuestras circunstancias, las comparten, y quieren apoyarnos aún cuando carezcan de soporte legal para ello.
Seamos además responsables con y de la imagen y los mensajes que transmitimos. Dejemos de aplaudir a quien vive por y para trabajar, en lugar de trabajar para vivir. Reconozcamos dónde hay un profesional de éxito, realizado como persona en busca de metas que se centran en lo personal o familiar, y dónde hay una mala gestión del tiempo o de la cartera de clientes.
Entendamos que hablar de salud mental está muy bien, pero de nada sirve si no acompañamos los discursos de medidas reales que nos apoyen en el día a día.
Y continuemos, con la dignidad que nos merecemos y que a diario se nos niega, con la profesión más bonita del mundo haciendo del mundo un lugar mejor también para nosotros.
Ana Garnelo
8 de noviembre de 2022

Licenciada en derecho ejerciente, perteneciente al Ilustre Colegio de Abogados de León. Mediadora
Defensora de la función social de la abogacía y del turno de oficio como máxima expresión de la misma.
Miembro por tanto de la Comisión de Turno de Oficio de la Delegación de Ponferrada del Ilustre Colegio de Abogados de León y letrada adscrita al turno de oficio.
Comprometida con la necesidad de facilitar el acceso a la profesión a quienes se incorporan a la misma desde la presidencia de la Agrupación de Abogados Jóvenes de León.
Convencida de que la justicia atraviesa un momento complicado, con amenazas frente a las cuales no podemos ser indiferentes quienes hemos hecho de su defensa uno de los frentes fundamentales de nuestras vidas. Activista por tanto en redes sociales.
Experta en gestión de redes sociales. Ponente en el I y II Encuentro de
Community Management en el Sector Legal, organizados por el Instituto de Innovación Legal, y coautora de los ebooks “Redes sociales en el sector legal” y “II Encuentro de CM legal”, editados ambos por Lefebvre-El Derecho.
Twitter: @AnnieGarnelo