Abstract:
En el presente artículo, el autor, de la mano del derecho del mar, hace una reflexión sobre la crisis de la piratería en Somalia. Asimismo, comparte algunos datos de interés sobre el conflicto y hace hincapié en papel que ha jugado Occidente durante el transcurso del mismo.
Keywords: Piratas, Somalia, Atalanta, Residuos, Pesca, Recursos, Armas, Banderas, ONU, Derecho, Mar, Derecho del Mar, Derecho Marítimo, Internacional, Conflicto, Navegación.
¡Piratas! Una historia de saqueo y expolio en Somalia.
Pirata, (Del latín. pirāta, y este del griego. πειρατής peiratḗs, derivado de πειρᾶν peirân ‘atacar, asaltar’) persona que, junto con otras de igual condición, se dedica al abordaje de barcos en el mar para robar.
Todos los conocemos, navegan por nuestro imaginario desde que éramos niños: fuertes, apuestos o feos, con parches en los ojos y patas de palo, portando cuchillos entre sus dientes, barbas de colores llamativos, loros sobre sus hombros y sables en sus manos. Todos conocemos su bandera, un cráneo humano sobre dos espadas o dos huesos cruzados: piratas!
Inciso: no se tiene constancia de que existiera una bandera pirata como la que acabo de describir, solían ser más bien banderas con esqueletos completos y objetos como relojes de arena o corazones rojos.
Bandera pirata con la muerte, un reloj de arena y un corazón herido
Sus orígenes se remontan a los primeros días de la navegación. Desde que el hombre navega hay piratas. Atormentaron a los trirremes griegos, a las galeras romanas y a las naos venecianas. Pero sin duda, los más famosos son los que perseguían a los galeones españoles cargados a reventar de oro, los autenticos Piratas del Caribe, casi siempre holandeses y británicos. Merecen una mención especial los piratas malayos, entre quienes se encontraba Sandokán, que trajeron de cabeza a la “empresa” más poderosa del Imperio Británico, la Compañía de las Indias Orientales.
Así, la piratería es una actividad que ha subsistido hasta nuestros días. Y si decimos piratería actual, todos pensamos en los piratas somalíes, que saquean buques y raptan a nuestros marineros mientras navegan por el estrecho de Adén camino de Europa o China. ¡Oh si! Todos creemos esa verdad a medias.
Para entender la realidad de la piratería somalí debemos dejar claros tres puntos esenciales: El contexto sociopolítico de Somalia, qué se considera jurídicamente piratería y la injerencia occidental en las aguas somalíes.
1- Contexto Sociopolítico de Somalia.
Somalia entra hoy en día dentro de los que se conocen como estados fallidos dado que, entre muchas otras cosas, se ve afectada por los siguientes 5 grandes problemas:
- Pérdida de control físico del territorio,
- Pérdida del monopolio en el uso legítimo de la fuerza.
- Erosión de la autoridad legítima en la toma de decisiones.
- Incapacidad para suministrar servicios básicos.
- Incapacidad para interactuar con otros Estados como miembro pleno de la comunidad internacional.
Cuando, en la década de los 60’ se descolonizó Somalia, la débil democracia cayó en manos del dictador Mohamed Siad Barre, un militar socialista. Durante los primeros años de su mandato se impulsaron diversas reformas que condujeron a un tímido progreso.
Durante esta época, Somalia mantuvo estrechas relaciones con la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas (URSS), pero cuando ésta apoyó a Etiopía, rival de Somalia, en la guerra entre ambos, Somalia se volvió hacia Occidente. La situación económica del país, sin las ayudas de la URSS, se volvió muy delicada.
Ante esta crisis, surgió una oposición armada en el norte del país en 1987. En 1990, este grupo adquirió el control de la mayor parte del territorio, disolviéndose de facto el estado somalí anteriormente existente.
El grupo opositor se dividió en 1991 por distintos motivos, entre ellos las tradicionales enemistades entre diferentes clanes y etnias; el Movimiento Patriótico Somalí (MPS) en el sur, y el Movimiento Nacional Somalí (MNS) en el norte. Por otro lado, el grupo Congreso Unido Somalí (CUS) tomó la capital del país, provocando la salida del dictador Barre.
Tras 29 años de guerra civil, luchas entre clanes, una intervención militar y más de 350.000 muertos , el resultado es un estado totalmente sumido en el caos. Hoy en día, pese que a que se ha hecho una constitución y algunas regiones se han unido nominalmente, la situación sigue rayando en lo apocalíptico.
Mapa Político de Somalia
2- ¿Qué es jurídicamente piratería?
Entramos en materia de derecho del mar. En este campo rige el convenio Convemar, firmado en Montego Bay, Jamaica, en 1982. Este fue el resultado de la tercera conferencia organizada por la ONU sobre Derecho del Mar.
Así pues, el artículo 101 Convemar, ubicado en la sección 1 de su parte VII (Alta Mar), está reservado a entregar una noción casuística del delito internacional de piratería en los siguientes términos:
“Constituye piratería cualquiera de los actos siguientes:
A- Todo acto ilegal de violencia o de detención o todo acto de depredación cometidos con un propósito personal por la tripulación o los pasajeros de un buque privado o de una aeronave privada y dirigidos:
–Contra un buque o una aeronave en altamar o contra personas o bienes a bordo de ellos;
-Contra un buque o una aeronave, personas o bienes que se encuentren en un lugar no sometido a la jurisdicción de ningún Estado.
B- Todo acto de participación voluntaria en la utilización de un buque o de una aeronave, cuando el que lo realice tenga conocimiento de hechos que den a dicho buque o aeronave el carácter de buque o aeronave pirata;
C- Todo acto que tenga por objetivo incitar a los actos descritos en el apartado A o B o que pretenda propiciarlos intencionadamente.
Así pues, distinguimos varias condiciones esenciales para discernir jurídicamente al pirata del delincuente común. En primer lugar, debe de tratarse de embarcaciones privadas. Si una embarcación pública, perteneciente a un estado, lleva a cabo un acto de violencia contra otra no podrá considerarse piratería. En segundo lugar, este acto de agresión debe llevarse a cabo en alta mar o en una zona marítima en que ningún estado tenga jurisdicción. Las zonas marinas donde nunca puede tener lugar el delito internacional de piratería son aquellos espacios marítimos que se encuentran sujetos a la plena dependencia soberana del Estado costero, a saber: el Mar Territorial, las Aguas Interiores y las Aguas Archipelágicas. Ello, por exclusión, permitiría la existencia de delitos internacionales de piratería cometidos en la Zona Contigua y la Zona Económica Exclusiva.
Quedan claros la naturaleza y los requisitos jurídicos del delito internacional de piratería, veamos ahora el caso concreto.
Piratas Somalíes con un lanzagranadas RPG-7
3- La Injerencia Occidental en las Aguas Somalíes.
Desde hace ya más de 30 años, Somalia está sufriendo el abuso ininterrumpido de los estados más desarrollados. Debida su total falta de capacidad para hacerse valer, tanto política como militarmente, sus Aguas Territoriales, Contiguas y Zona Económica Exclusiva se están viendo explotadas por potencias pesqueras tales como China, Corea del Sur, Francia y España. Naciones cuyas modernas flotas no tienen el menor escrúpulo en esquilmar los ricos caladeros de atún localizados frente a las costas somalíes. Jurídicamente, se trata de recursos que pertenecen al pueblo de Somalia de forma exclusiva. Al percatarse de estas prácticas, algunos activistas pusieron el asunto en manos de la ONU pero nada se hizo en ese momento. Entonces, debido a la pobreza extrema y a la hambruna de los pescadores, apareció la piratería en Somalia.
En un país donde hay regiones en que un fusil de asalto vale menos que un pollo, no fue difícil armarse. Los piratas empezaron a capturar atuneros y a exigir rescates por su liberación. Creanme, un atunero es un buque muy caro y los piratas lo saben perfectamente, no son gente tonta, son gente desesperada. Los armadores desdeñaron tanta inseguridad y la pesca decreció.
Pero los caladeros de los países desarrollados están prácticamente extinguidos y no obstante, la demanda crece. ¿El resultado? Operación Atalanta. Cierto número de países occidentales, entre ellos el nuestro, enviaron gran cantidad de buques de guerra para “frenar” la piratería. Se suceden las masacres en alta mar. Al empezar a contabilizar gran número de bajas entre los suyos, los asaltos de los somalíes se vuelven más sangrientos. Las modernas fragatas de combate de nuestros países son como dioses aplastando moscas frente a los esquifes de los piratas somalíes. Al final, como es lógico, se ha puesto freno a la piratería. Aunque el problema sigue estando ahí, claro.
Buques de Guerra durante la Operación Atalanta
En palabras de la Agencia Efe: “La piratería ha vuelto a Somalia, solo que ahora es la comunidad internacional la que roba», denuncia a Efe un consultor que prefiere permanecer en el anonimato. «Arrastreros de Yemen, China, Omán, Irán y Corea del Sur han sido detectados vía satélite faenando de forma ilegal muy cerca de la costa», a menos de 3 o 4 kilómetros.”
A más abundamiento, por si poco fuere, en 1997, Greenpeace confirmó que empresas suizas e italianas actuaban como intermediarias para el transporte de residuos peligrosos a Somalia. Más tarde, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) llegó a la conclusión de que el vertido de desechos tóxicos era rampante a lo largo de la costa de Somalia y que las comunidades locales estaban desarrollando enfermedades crónicas como cáncer o bronquitis.
Residuos Tóxicos en una Playa de Somalia
Así que cogemos un país pobre, extinguimos sus recursos, llenamos sus costas de uranio y cadmio, nos armamos hasta los dientes y masacramos a los habitantes que intentan, de la forma que sea, defenderse o ganarse la vida.
Grandes corporaciones contra gente desprotegida que no sabe leer ni escribir. Cañones contra pescadores hambrientos. Destrucción del medio marino, envenenamiento de la población. Suena bastante mal, ¿no? Siendo así…Quién es el pirata?
Nicolau Vidal Cubí, del equipo de A definitivas.
Palma de Mallorca, 17 de septiembre de 2019.
Nicolau Vidal Cubí. Abogado.
Grado de Derecho por la Universitat de les Illes Balears (UIB). 2011-2015.
Máster en Abogacía por la Universitat per les Illes Balears (UIB). 2015-2016.
Máster en Derecho y Negocio Marítimo y Gestión de Puertos por la Universitat Politècnica de Catalunya (UPC). 2017-2018
Especializado en MOST Management, Intermodal Transport y Supply Chain por la Escola Europea de Short Sea Shipping. 2018.
Curso de Oficial de Protección de Infraestructuras Portuarias según el Código PBIP. 2018.
Consultor y Abogado en Corporación Marítima Lobeto Lobo S.L. 2018 – 2019
Consultor y Abogado por cuenta propia en Gabinete Legal Palma. 2019 – Presente.