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Artículo 41. Código Penal

La pena de inhabilitación absoluta produce la privación definitiva de todos los honores, empleos y cargos públicos que tenga el penado, aunque sean electivos. Produce, además, la incapacidad para obtener los mismos o cualesquiera otros honores, cargos o empleos públicos, y la de ser elegido para cargo público, durante el tiempo de la condena.

Comentarios

Definición de la pena de inhabilitación absoluta, debiendo destacarse que tiene dos efectos, uno de carácter irreversible como es la pérdida de honores etc. y otro temporal, referido a la posibilidad de obtenerlos, que afecta al tiempo de condena.

Sentencias

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