Artículo 190. Código Penal
La condena de un Juez o Tribunal extranjero, impuesta por delitos comprendidos en este capítulo, será equiparada a las sentencias de los Jueces o Tribunales españoles a los efectos de la aplicación de la circunstancia agravante de reincidencia. Comentarios: Bien juri?dico protegido: ? Sujeto activo: ? Sujeto pasivo: ? Accio?n ti?pica: ? Elemento objetivo: ? …